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No me asegura nadie

ORIGEN DEL PROBLEMA

El artículo 2 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor establece que todo propietario de un vehículo a motor en España tiene la obligación de contratar y mantener en vigor un seguro de obligatorio que cubra la responsabilidad civil de los daños que pueda ocasionar a terceros, tanto en sus bienes como en las personas.

Para contratar un seguro para el coche debes acudir a una entidad privada, que tiene sus propias normas y políticas de suscripción y, por lo tanto, no está obligada a acoger a todo el mundo. Estos requisitos pueden ser, en ocasiones, muy exigentes y suelen afectar a un perfil de conductor muy concreto, generalmente muy joven, con poca experiencia de carné y/o con un historial de siniestralidad malo.

Este tipo de clientes puede tener serios problemas para encontrar un seguro, lo cual choca frontalmente contra el hecho de que está obligado a suscribir un contrato de seguro para su vehículo.

Para este tipo de conductores existe una solución que, aunque no es la más completa a nivel de aseguramiento, sí que permite cumplir con lo que dice la Ley, y es hacer el seguro a traves del Consorcio de Compensación de Seguros, que es una entidad pública, dependiente del Ministerio de Economía, que tiene la obligación de acoger a este tipo de conductores, por supuesto mediante el pago de su respectiva prima.

Podemos decir, por lo tanto, que el Consorcio es una respuesta del Estado para permitir a cualquier conductor circular con su vehículo cumpliendo esta obligatoriedad de contar con un seguro de responsabilidad civil.

Los temas que vamos a tratar a continuación, tienen que ver con esta situación que se produce cuando un conductor no encuentra una compañía que le asegure.

CAUSAS MAS COMUNES DE RECHAZO DE LAS ASEGURADORAS

Como ya hemos deslizado en el apartado anterior, las aseguradoras se encargan de asumir determinados riesgos. A cambio de esto, lógicamente cobran una prima que servirá para pagar los siniestros que puedan tener sus asegurados. Es decir, las primas de todos sus clientes sirven para pagar los siniestros de unos pocos. Es así básicamente como funciona la actividad de las aseguradoras.

En este proceso de asunción de riesgos, teniendo en cuenta los datos estadísticos en los que se basan las compañías de seguros, a veces ocurre que no están dispuestas a asegurar a un conductor que consideran que tiene un riesgo elevado de siniestralidad, ya que hacerlo, haría descuadrar sus cuentas de resultados.

Entre los principales factores que hacer que una aseguradora se niegue a asegurar a un determinado conductor, están:

  • Perfil del conductor: los conductores jóvenes, y/o con poca experiencia, y/o con un historial de siniestralidad muy malo o incluido en ficheros de morosos.
  • Tipo de vehículo: En este apartado se incluyen vehículos deportivos de alta gama y elevada potencia  (Ferrari, Porsche, etc).

Cada aseguradora tiene su propia política de aceptación de riesgos, por lo que no hay una regla fija. Incluso puede ocurrir que un año la aseguradora no acepte un determinado riesgo, pero al año siguiente modifique su normativa de suscripciones y sí que lo permita.

CONSECUENCIAS NEGATIVAS

Gracias a las estadísticas, las compañías son capaces de determinar cuál es el la probabilidad de que un determinado perfil de cliente sufra un accidente. Así, en su afán de querer reducir al máximo los riesgos que asume, son cada vez más restrictivas con determinados usuarios, que suelen tener serios problemas para encontrar un seguro, salvo que sea el que ofrece el Consorcio de Compensación de Seguros.

El problema del seguro del Consorcio es que solo ofrece la cobertura obligatorio de Responsabilidad Civil, es decir, que no podrás contratar coberturas que aseguren los daños del coche o los daños personales del conductor, así como otros servicios como el de asistencia en carretera o el de defensa y reclamación de daños.

Es cierto que puedes contratar algunas de estas coberturas por separado en compañías especializadas de asistencia en viaje (RACE, ARAG, etc.), accidentes (cualquier seguro de accidentes que cubra los daños por accidentes de tráfico), etc, etc. Sin embargo, al hacerlo de esta manera tendrás que firmar una póliza por cada cobertura y esto supondrá un coste demasiado elevado, al margen de que no podrás asegurar de ningún modo los daños en el vehículo.

Ejemplo

Imagina que un compras un coche nuevo. Como ninguna compañía te asegura, haces el seguro a través del Consorcio y tienes un accidente en el que causas daños a terceros y resultas responsable. El Consorcio pagará los daños a terceros, pero los daños en tu vehículo no estarán cubiertos, ni siquiera los daños personales.

Por último, otro factor negativo adicional es que el el seguro del Consorcio no suele ser muy económico, a pesar de ser un seguro que solo cubre la Responsabilidad Civil Obligatoria.

CÓMO SOLICITAR UN SEGURO AL CONSORCIO

Para hacer un seguro de coche a través del Consorcio, necesitas:

  • Acreditar la imposibilidad de asegurar el vehículo a través de, al menos, dos compañías de seguros.
  • Entregar los siguientes documentos:
    • DNI del solicitante, del propietario y del conductor.
    • Carné de conducir del conductor habitual.
    • Permiso de circulación del vehículo.
    • Certificado de características técnicas, con el sello de la ITV en vigor.

El seguro se puede hacer por teléfono (900 222 665) o a través de la página Web del Consorcio.

LO QUE CUBRE

El Consorcio cubre los daños que ocasiones a terceros en un accidente hasta los límites establecidos por la ley. Para exigir el cumplimiento de esa obligación por parte del Consorcio, el perjudicado o sus herederos pueden ejercitar la acción directa, la cual prescribe transcurrido un año.

Además de las indemnizaciones, el Consorcio asume todos los gastos derivados de la asistencia sanitaria que precisen los perjudicados.

ÁMBITO DE COBERTURA

Si el accidente tiene lugar en un Estado adherido al Convenio Multilateral de Garantía distinto de España (Alemania, Austria, Bélgica, Croacia, República Checa, Chipre, Dinamarca, República Eslovaca, Eslovenia, Finlandia, Francia, Gran Bretaña, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Suecia y Suiza) por un coche con estacionamiento habitual en España, el Consorcio aplica la cobertura bajo los límites establecidos por el país en el que ocurra el accidente. Sin embargo, si el siniestro ocurre dentro de este ámbito territorial, pero en un país miembro del Espacio Económico Europeo, la cobertura del Consorcio asciende a los límites establecidos en España, siempre que éstos sean superiores a los establecidos en el país donde haya ocurrido el accidente.