¿Cubre el seguro un accidente al ir o volver de una comida de empresa?

Daniel Bañares
Daniel Bañares Responsable de Contenidos

En época de Navidad, son frecuentes las comidas y cenas de empresa. Durante los desplazamientos de camino o de regreso a este tipo de reuniones, que se celebran en un ambiente relajado y distendido, es posible sufrir un accidente de tráfico. ¿Pueden considerarse estos siniestros accidentes laborales o “in itinere”, esto es, producidos de camino o de regreso al trabajo?

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¿Cómo está considerado un accidente de camino o de vuelta del trabajo?

Casi 1.000 personas mueren al año yendo o regresando del trabajo, 5.000 resultan heridas y casi 70.000 heridas leves. Estos accidentes, denominados “in itinere”, representan el 11% de los accidentes laborales. Según la Ley, este tipo de accidentes están considerados accidentes de trabajo porque ocurren “con ocasión o por consecuencia de las tareas que, aun siendo distintas a las de su grupo profesional, ejecute el trabajador en cumplimiento de las órdenes del empresario o espontáneamente en interés del buen funcionamiento de la empresa”. También es importante el lapso de tiempo en el que se produce el accidente: debe ser un tiempo razonable para mostrar que el trabajador está yendo o viniendo del trabajo.
Fuente: ley de la seguridad Social, artículo 156.

¿Qué ocurre si tengo un accidente de vuelta de una comida de empresa? ¿Es un accidente laboral?

Según la Ley, las comidas de empresa sí se pueden considerar accidentes de trabajo “in itinere”. El evento está organizado por la propia empresa y el trabajador tiene la obligación de acudir y, por tanto, cubrirá la atención médica la mutua de la empresa, en caso de accidente.

¿Cómo están cubiertos este tipo de accidentes?

Este tipo de accidentes de ida o de vuelta del trabajo, se consideran accidentes laborales. De hecho, son al mismo tiempo accidentes de tráfico y accidentes laborales. Por tanto, todos los empleados que acuden a su puesto de trabajo con su propio vehículo tienen cubiertos todos los daños personales de un hipotético accidente, gracias a la mutua colaboradora con la Seguridad Social que tenga la empresa. Para el resto de daños derivados del siniestro, tu seguro actuará en función de las coberturas que tengas contratadas. Si tienes un seguro a todo riesgo, tu aseguradora te pagará los daños causados al vehículo y si has provocado daños a terceros, tu seguro cubrirá las indemnizaciones.

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¿Tengo derecho a una indemnización por este tipo de accidente?

Al tratarse de un accidente de tráfico y de un accidente laboral al mismo tiempo, las indemnizaciones de la mutua y las de del seguro pueden ser compatibles. Tendrás derecho a una indemnización en función de lo establecido en el baremo de accidentes de tráfico, siempre que no seas culpable del accidente. No tendrás derecho a una indemnización por responsabilidad civil, pero sí a una indemnización por lesiones permanentes no invalidantes por las secuelas que sufras.

¿Quién paga la indemnización?

La mutua de tu empresa pagará el tratamiento médico necesario para la recuperación de tus lesiones y te indemnizará por los días de baja laboral, pero no cubrirá los daños en el vehículo y los que causes a terceras personas. En este caso deberás comprobar lo que venga estipulado en la póliza de tu seguro de coche. En algunos casos puede darse una indemnización de 24 veces el salario si estas secuelas causan una incapacidad parcial para ejercer la profesión. También tienen derecho a una indemnización los trabajadores que sufran una incapacidad permanente total.

¿Qué ocurre si conduzco bajo el efecto del alcohol o de las drogas?

Los accidentes ocurridos después de una cena o comida de empresa ocasionados por culpa de un exceso en el consumo de alcohol o un exceso de velocidad y de los cuales es responsable el conductor no están considerados, en principio, como accidentes “in itinere”. Sin embargo, dado que es frecuente que, en este tipo de celebraciones, se consuma alcohol, según la jurisprudencia, los siniestros que tienen lugar cuando se circula bajo influencia de bebidas alcohólicas o de drogas siguen siendo accidentes laborales, salvo que se acredite una relación directa de causalidad entre el accidente y el estado de intoxicación del trabajador.

¿Qué pasa con los daños personales y materiales en un accidente de este tipo?

En un accidente bajo la influencia del alcohol o las drogas, la aseguradora se encargará de abonar las sumas correspondientes a los terceros perjudicados, aunque posteriormente ejerza su Derecho de Repetición, esto es, te reclamará a ti todos los gastos de los que se haya hecho cargo.

¿Qué accidentes de tráfico pueden ser considerados “in itinere”?

Además de dirigirte directamente al trabajo o volver de él, se considera un accidente “in itinere”, en las siguientes situaciones:

  • Cuando te desvías de un trayecto para hacer algo relativo al trabajo
  • Cuando sufres un accidente esperando el autobús en tu ruta al trabajo o viajando en él Si sufres un accidente en bicicleta o en monopatín, mientras te desplazas al trabajo.

No son accidentes “in itinere”:

  • Un siniestro cuando vas a hacer algún recado o gestión personal y te desvías de tu ruta laboral
  • Cuando regresas al trabajo y tienes un accidente tras haber comido con familiares o amigos.

Fuente: Ley General de la Seguridad Social, artículo 115

¿Cuáles son las principales causas?

Los principales motivos de los accidentes “in itinere” son el exceso de velocidad –el 70% ocurren de camino al trabajo–, el uso del móvil mientras se conduce y el cansancio, especialmente en los trayectos largos. También influye la rutina, por la repetición día tras día de un mismo trayecto, lo que puede llevar a reducir la atención en situaciones peligrosas.

¿Qué pasa si soy autónomo?

La Ley reconoce hoy que los autónomos también pueden sufrir accidentes “in itinere” en la ida o la vuelta a su puesto de trabajo en las mismas circunstancias que los trabajadores por cuenta ajena.
Fuente: Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo

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Consejo de un abogado

Es importante que consultes con un abogado si sufres un accidente “in itinere”, porque son muchas las circunstancias y los matices a tener en cuenta. Muchos trabajadores no reciben las indemnizaciones que les corresponden por no tener información suficiente.

Sabías que…

Dormir bien, variar tu ruta, evitar las horas punta y los atascos, dejar a un lado el móvil, salir con tiempo de casa, revisar el coche periódicamente y tratar de no recordar preocupaciones al volante son algunos de los consejos que debes tener en cuenta para evitar un accidente en tu tuta de ida o vuelta al trabajo.

RESUMEN
  • Los accidentes de tráfico acaecidos en el trayecto de ida o vuelta del trabajo están considerados como accidentes laborales. Se denominan accidentes “in itinere”.
  • Se considera un accidente “in itinere” un accidente de tráfico mientras se conduce, para asistir a una comida o cena del trabajo, mientras esperas o viajas en el autobús de camino a tu puesto de trabajo o cuando conduces una bicicleta o un monopatín para desplazarte a tu obligaciones laborales.
  • Cuando conduces bajo los efectos del alcohol o las drogas al regreso de una cena de empresa, se considerará un accidente laboral, a menos que se pueda demostrar que el accidente tiene una relación directa con la intoxicación.
  • Tendrás derecho a una indemnización. La Mutua de tu empresa se hará cargo de la atención médica, pero no cubrirá los daños del vehículo
FAQ
¿Qué es un accidente in “itinere”?
¿Está considerado un accidente laboral?
¿Quién se hace cargo de las indemnizaciones en un accidente de este tipo?

Fuentes:

  • https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724#a156
  • Ley General de la seguridad social, artículo 115.2.a
  • Ley de Reformas Urgentes del trabajo Autónomo, 6/2017, artículo 14.
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Daniel Bañares
Daniel Bañares Responsable de Contenidos

Escribe contenidos de seguros de coche para Arpem.com desde hace más de 10 años. Ha participado activamente en la elaboración de una herramienta de comparación de coberturas de seguros de coche y moto muy útil para guiar a los usuarios en la elección del seguro ideal. En sus artículos ayuda a comprender las coberturas más interesantes de las que se compone una póliza y, además, prepara cálculos de precios como ejemplo para que los conductores conozcan la situación del mercado de seguros.

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1 comentarios

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Pues yo tuve una caída de metro de camino a la cena de empresa y no se quieren hacer cargo