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Consigue ahora el 40% de reembolsoCircular con la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) caducada puede suponer una multa de 200 euros. Te pueden multar incluso si el coche está aparcado en la calle. Circular sin la ITV puede llegar a convertirse en un grave problema, si encima sufrimos un accidente.
Si el resultado de la ITV es desfavorable, por un fallo grave o varios leves, el plazo para subsanar los fallos es de dos meses, un periodo durante el cual el coche solo podrá circular para ir a un taller o volver de él y para presentarse en la estación de ITV. Cualquier otro movimiento puede suponer una multa de 200 euros.
Si el dictamen final es negativo, el coche quedará retenido en la estación de inspección y solo podrá moverse con una grúa para ir a un taller. En este caso, si se mueve el coche, la multa será de 500 euros. La multa por cualquier otra circulación es de 500 euros. La multa por no repetir la inspección, para la que hay un plazo de dos meses, es también de 500 euros.
Si sufres un accidente de tráfico con la ITV desfavorable, negativa o caducada, se puede recibir una indemnización por los daños personales y materiales, si el culpable es el contrario, aunque esto no impide que la Policía o la Guardia Civil te pongan una multa por el estado de tu ITV. La compañía de seguros, además, podría negarse a darte la indemnización.
Si tienes la ITV sin pasar de forma favorable, y eres tú quien tiene la culpa del accidente, las consecuencias para ti son complicadas. Tu aseguradora se comportará en función de las cláusulas excluyentes de tu póliza. En principio debería asumir el pago de la indemnización de los demás implicados. Pero, si las cláusulas excluyen indemnizaciones en caso de situaciones administrativas “irregulares”, como una ITV desfavorable o negativa, la compañía no negará las indemnizaciones, pero puede reclamarlas después.
Los ocupantes del vehículo sin ITV tienen derecho, como siempre, a ser indemnizados, independientemente de quién sea el culpable o cuál fuera la situación del coche, pero en este caso, como ya hemos visto anteriormente, la compañía aseguradora podrá reclamar la indemnización al conductor culpable.
Si el accidente se produce por culpa de un fallo mecánico, tras no pasar la ITV, no tendrás derecho a ninguna indemnización si sufres lesiones, aunque si tu póliza es a todo riesgo, puede que te cubran los daños del vehículo. Sin embargo, si la compañía demuestra que circulabas con una ITV desfavorable, caducada o negativa, la compañía se puede negar a abonarte la indemnización y si hay otros perjudicados, te puede reclamar posteriormente esta cobertura.
Si tienes un accidente contra un vehículo cuya ITV es desfavorable, negativa o está caducada, no tenemos porqué preocuparnos, mientras la culpa sea suya: recibirás la indemnización sin ningún problema, ni retraso por parte de la aseguradora del vehículo responsable. De todas formas, es importante conocer las cláusulas de las pólizas y, sobre todo, no conducir nunca sin la ITV o con esta desfavorable o negativa.
La ITV es obligatoria en España desde 1987. Su objetivo es revisar el estado de un vehículo y que cumple ciertos requisitos para poder circular de forma segura, además de respetar los niveles de emisiones contaminantes. Sin embargo, según la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV), hay muchos conductores que obvian este procedimiento. Según datos de 2021, por ejemplo, el 40% de los vehículos que debían pasar la ITV en ese año, no lo hicieron. Esto es algo que debe preocuparnos a todos, porque aumenta la inseguridad en la vía pública.
Los coches pueden esperar hasta el cuarto año para pasar su primera inspección. A partir de ese momento y hasta los 10 años, la inspección es bianual. Por encima de los 10 años, es anual. Y si crees que tener cita pedida te puede eximir de la multa, estás equivocado: la ITV es un trámite obligatorio y no se puede circular con ella caducada o negativa y desfavorable aunque hayas pedido cita previa y estés esperando a pasarla. La DGT suele enviar al propietario un aviso para recordarle que debe pasar la ITV en fechas próximas. Se puede pasar hasta 30 días antes del vencimiento, para no arriesgarte a retrasos.
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La ITV no solo es imprescindible, también lo es la pegatina que demuestra que la hemos pasado. Circular sin ella en lugar visible, en la esquina superior derecha del parabrisas, puede acarrear una multa de 80 euros. Todos los vehículos deben llevar este distintivo, identificado como V-19. Aunque tengas la ITV en regla o lleves la documentación pertinente, no exhibir la pegatina es una infracción. Si además no llevamos con nosotros la documentación que atestigua que hemos pasado la inspección, también cometemos una infracción.
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