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Análisis de casos: Cómo cubre el seguro el accidente de Supersubmarina

accidente de Supersubmarina

Datos del accidente

Los integrantes del grupo de música Supersubmarina sufrieron un grave accidente el 14 de agosto de 2016 cuando regresaban a Baeza (Jaén) tras dar un concierto en el festival Medusa Sunbeach, en Cullera (Valencia).

El siniestro se produjo a las 8 de la mañana en la carretera N-322, a su paso por Úbeda (Jaén), cuando el monovolumen en el que viajaban, un Volkswagen Touran, colisionaba fronto-lateralmente con una furgoneta de reparto de pan. El resultado: seis personas heridas.

En el lugar del accidente tuvieron que hacer acto de presencia los bomberos para liberar a uno de los afectados que quedó atrapado en el vehículo. Todos los implicados en el siniestro fueron trasladados de urgencia a un centro hospitalario.

Los integrantes del grupo que salieron peor parados fueron el vocalista, José Marín ‘Chino’, y el batería, Juan Carlos Gómez, que fueron ingresados en la UCI. El guitarrista Jaime Gandía tuvo que ser intervenido de diferentes lesiones en brazo y piernas. Otros dos ocupantes del vehículo sufrieron heridas leves y fueron dados de alta enseguida. Por su parte, el conductor de la furgoneta sufrió daños en la columna vertebral.

Este accidente causó una gran consternación y, aunque afortunadamente no hubo víctimas mortales, algunos de los heridos continúan en rehabilitación. Las posibles causas que provocaron el accidente no han sido reveladas ni por los implicados ni por las autoridades competentes.

¿Qué coberturas entran en juego en este accidente?

Para poder concretar el papel del seguro en este siniestro, sería importante poder determinar cuál de los dos vehículos es el responsable del accidente. Aunque desconozcamos aún ese dato, es posible analizar las coberturas que entran en juego en este siniestro independientepente de quién sea el culpable.

En primer lugar, el conductor del vehículo culpable del accidente sólo podrá ser indemnizado por los daños personales si tiene contratada la cobertura de seguro de accidentes. Es de vital importancia para el conductor ya que es la única cobertura con la que tiene derecho a la indemnización por asistencia sanitaria, invalidez personal o, incluso de haber ocurrido, por fallecimiento.

En lo que respecta a los daños materiales del vehículo responsable, sólo tendría derecho a la reparación o indemnización si tiene contratada la cobertura de daños propios, incluida exclusivamente en los seguros a todo riesgo. Si el vehículo es declarado siniestro total, la indemnización varía en función de su antigüedad y de la compañía. La mayoría de entidades ofrecen el valor a nuevo durante los dos primeros años desde la fecha de matriculación y, a partir del tercero, a valor venal o venal mejorado en un tanto por ciento.

Exceptuando los daños en el vehículo, el resto de coberturas (responsabilidad civil, asistencia en viaje, seguro de conductor, defensa jurídica y reclamación de daños) están contempladas en una póliza a terceros, salvo que estén expresamente excluidas en el condicionado. En el caso de la asistencia en viaje, el conductor culpable del accidente y sus acompañantes tienen cubiertos el traslado al hospital y la actuación de los bomberos si se precisa para el rescate de los ocupantes. Además, es la única cobertura que se ocupa del traslado del coche hasta el taller para efectuar la reparación.

Por otro lado, el seguro del responsable del accidente debe hacerse cargo de los daños materiales y personales de los terceros implicados, tanto indemnizaciones como asistencia sanitaria. También tendrían consideración de terceros los pasajeros del grupo Supersubmarina si el responsable del accidente hubiera sido el conductor del monovolumen. Estos daños están cubiertos por la responsabilidad civil.

De no estar de acuerdo con la indemnización ofrecida por el seguro de la parte culpable, es posible hacer una reclamación vía judicial. En este caso, es posible utilizar la cobertura de defensa jurídica y reclamación de daños, que permite reclamar una mejor indemnización con la ayuda de abogados de la compañía o de libre elección.

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