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Consigue ahora el 40% de reembolsoUna persona con discapacidad, ya sea física o intelectual, debe cumplir los mismos requisitos que cualquier otro conductor para conseguir el carnet de conducir. La normativa de la Dirección General de Tráfico no señala que deba haber un trato especial en estos casos. Se deben reunir las mismas condiciones psicofísicas. Esto quiere decir que, si la discapacidad altera estas condiciones, la persona que aspira a sacarse el carnet de conducir no podrá obtenerlo.
Por esta razón, las personas con discapacidad deben pasar una revisión médica que establezca si su discapacidad le permite conducir en sus condiciones. Además, el candidato debe pasar las pruebas teóricas y prácticas que establece la normativa. El problema es que muchas personas con discapacidad necesitan un coche adaptado. Este coche puede ser del candidato o de la autoescuela. Este vehículo debe estar homologado y adaptado al conductor y debe haber pasado la ITV. El aspirante debe ser mayor de edad, residir en España y no tener una sentencia judicial que le impida obtener el carnet.
Para presentarse a las pruebas prácticas y teóricas, el aspirante debe solicitar un certificado de discapacidad. Este certificado se debe solicitar a los equipos de valoración y orientación de los servicios sociales de los ayuntamientos y las comunidades autónomas. A continuación, para conseguir el certificado psicotécnico hay que acudir a un centro médico de reconocimiento de conductores, como cualquier otro conductor.
En estos centros, se realizan unas pruebas psicotécnicas para valorar las capacidades para conducir. En este centro, también se hace una valoración del tipo de ayudas técnicas que puede necesitar el aspirante. Tras el examen, se emite un informe con los resultados de los exámenes y las necesidades del conductor.
A la hora de presentarte en la Jefatura Provincial de Tráfico, con el informe, la autoridad de tráfico solicitará, además, un informe médico sobre tu discapacidad y es posible que te pidan algunas pruebas complementarias, dependiendo de la discapacidad. En el informe médico, que es válido durante dos años, constan las adaptaciones necesarias que debe tener el vehículo del aspirante. Cuando estos informes sean definitivos, te podrás presentar a las pruebas teórica y práctica para obtener el carnet. El examen teórico es igual para todos los candidatos.
El práctico, como hemos dicho, puede requerir un vehículo adaptado, que te proporcionará la autoescuela, en caso de no tener uno. En tu permiso de conducir constarán las adaptaciones que necesita tu vehículo, y las limitaciones de velocidad que suponen. Como en el caso de cualquier aspirante, los permisos de conducir para personas con discapacidad se clasifican en dos categorías: los permisos B para conducir vehículos de turismo y los permisos A para conducir motocicletas.
La movilidad reducida puede ser una limitación tanto permanente como temporal en la capacidad de desplazamiento de una persona. Esta limitación puede estar relacionada con discapacidades físicas, intelectuales, sensoriales, psíquicas o enfermedades crónicas, y puede afectar la función motora, visual, auditiva, intelectual o psicosocial. Estos desafíos pueden conllevar dificultades temporales o permanentes para caminar, mantener el equilibrio, coordinarse, levantar objetos o mantener una postura adecuada, ya sea de manera parcial o completa.
Estas limitaciones en la movilidad pueden variar en su grado, desde parciales hasta totales, y pueden ser tanto permanentes como temporales. Aquellas personas que experimentan movilidad reducida pueden requerir dispositivos como sillas de ruedas, andadores o muletas, o pueden depender de la asistencia de otra persona para desplazarse. En muchos casos, estas personas no son autosuficientes y necesitan que el entorno se adapte para satisfacer sus necesidades específicas.
Cada año, unas 26.000 personas no pueden sacarse o renovar su carnet de conducir. La razón es una discapacidad o una enfermedad. Los problemas pueden ser respiratorios, neurológicos, digestivos, oncológicos, vasculares, degenerativos, psiquiátricos o cardíacos.
Las licencias se podrán renovar dependiendo del médico, pero hay casos en los que es imposible o existen importantes limitaciones. Entre estas enfermedades, destacan la disnea permanente en reposo, los trastornos de ansiedad y depresión, una distrofia muscular avanzada o arritmias cardiacas.
Las pruebas tienen en cuenta la dislexia y otras dificultades específicas de aprendizaje. Las dificultades de aprendizaje (DEA) como el trastorno por déficit de atención con o sin hiperactividad (TDAH) son algunas de las discapacidades neurológicas más comunes. Afectan a un 15% de la población, con mayor o menor gravedad.
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Estos trastornos que se consideran “invisibles” pueden suponer una desventaja importante para los aspirantes al carnet de conducir, causando problemas de memoria, escritura o concentración. La Ley establece que los poderes públicos deben regular la accesibilidad de estas personas y evitar su discriminación. Existe una guía publicada por la Dirección General de Tráfico con recomendaciones para facilitar la obtención del carnet de conducir a las personas con estos trastornos, tanto en los exámenes teóricos como prácticos. Se recomienda, por ejemplo, explicar a los candidatos las normas de forma pausada o proporcionarles más tiempo para hacer las pruebas.
Existen ayudas para comprar el vehículo o adaptarlo si lo va a utilizar una persona con discapacidad. Las ayudas pueden ser de fundaciones, como la ONCE, o autonómicas, dependiendo de dónde resida el solicitante. Se puede pedir una ayuda general o especificar la adaptación concreta, como un acelerador mecánico, un volante adaptado o marchas adaptadas. Por ejemplo en Madrid, estas ayudas las gestionan desde la Dirección General de Servicios Sociales.
Los expertos de Arpem recomiendan…
Si sufres una discapacidad sobrevenida, esto es, ocasionada después de haberte sacado el carnet de conducir, lo más probable es que puedas seguir conduciendo, aunque la discapacidad sea por un accidente de tráfico, de trabajo o una amputación o atrofia. Según un informe de la Fundación para la Seguridad Vial (Fesvial) y la Fundación de la Confederación Nacional de Autoescuelas (FCNAE), en España 60.000 conductores tienen algún tipo de adaptación en su vehículo. Algunos de estos conductores se vieron obligados a adaptar su coche tras sufrir una enfermedad o un accidente y tuvieron que realizar una evaluación para seguir conduciendo, ya que sus condiciones psicofísicas originales habían variado.
No, los requisitos son los mismos que los de cualquier otro aspirante: un examen psicofísico, una prueba teórica y una prueba práctica. Si el candidato con discapacidad necesita un coche adaptado, puede llevar el suyo propio o pedírselo a la autoescuela.
Sí, por ejemplo, las relacionadas con la ansiedad, los problemas cardíacos o la distrofia muscular. Un examen médico establecerá si el candidato puede conducir o hay que limitar el acceso al carnet.
Sí, existe una guía publicada por la Dirección General de Tráfico donde se hacen recomendaciones a la hora de facilitarles los exámenes, como darles más tiempo o explicar las normas de una manera más lenta.
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