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Si chocas contra el vehículo de un familiar tu compañía no le reparará los daños

Daniel Bañares
Daniel Bañares Responsable de Contenidos

Guardas tu vehículo en el garaje junto al de tu cónyuge y un día, al aparcar, tienes la mala suerte de golpear su coche y causar daños en la carrocería de ambos. En este caso, el coche de tu cónyuge o familiar no será reparado con la cobertura de responsabilidad civil que es la que normalmente se ocupa de los daños a terceros. La compañía sólo pagará la reparación de ambos vehículos si están asegurados con una póliza a todo riesgo con cobertura de daños propios.

chocas contra el vehículo de un familiar

¿Por qué las compañías no se hacen cargo de la indemnización cuando se trata de un familiar?

Las compañías no se hacen cargo de la indemnización en aquellos siniestros en los que se producen daños materiales a terceros si estos últimos el cónyuge o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad/afinidad. En concreto: padres, cónyuge, hijos, abuelos, hermanos, tíos, nietos y sobrinos, además de tu suegro y tu suegra, tu yerno, tu nuera, tu cuñado y tu cuñada. La razón: evitar posibles fraudes al seguro. Esto es, que ambos individuos se hayan puesto de acuerdo para fingir el siniestro y cobrar la indemnización. Ésta es una de las exclusiones típicas del condicionado de una póliza de coche y figura en el artículo 5 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a motor.

¿Existen excepciones a esta norma?

Sí. Puede producirse un percance sin que haya un plan fraudulento detrás. En estos casos, solo nos queda la posibilidad de reclamar o de llevar el caso ante el juez, aunque se trata de un tipo de casos difíciles de ganar. Las aseguradoras sospechan de todo tipo de personas cercanas, como vecinos o compañeros de trabajo. Sin embargo, en aquellos accidentes en los que el golpe contra un vehículo familiar es de tal consideración que ocurren daños personales, debes tener en cuenta que en este caso la aseguradora sí que te cubrirá los gastos sanitarios que precises.

¿Qué debo hacer ante un accidente con un familiar?

En principio, lo mismo que ante cualquier otro accidente. Lo primero es llamar a la policía o la Guardia Civil y los centros sanitarios, para que se ocupen de los heridos, si los hay. Después, conviene firmar un parte amistoso con la parte contraria. Y, posteriormente, avisar a la grúa de la aseguradora para que intervengan en el lugar del accidente o lleven el coche a un taller, según la gravedad de los daños. 

¿Cómo puedo hacer una reclamación?

Si tienes pruebas de que se trata de un accidente, lo primero que hay que hacer es ponerse en contacto con el departamento de Atención al Cliente de la aseguradora, aunque casi nunca responden de forma positiva. Cada compañía tiene un protocolo diferente, pero que hay que seguir a rajatabla. Las diferencias suelen tener que ver con la forma de comunicar la queja –por escrito o con una hoja de reclamaciones–, con los plazos para presentar la reclamación o para recibir respuesta de la compañía -entre un mes y 40 días– y con los recursos si la compañía se niega a indemnizarte una y otra vez. Si, la compañía acepta cubrir finalmente los daños, hará un análisis minucioso y un peritaje exhaustivo para tener claro que no ha habido fraude.

¿Puedo acudir al Defensor del Asegurado?

Es una buena opción, cuando la compañía no nos da la razón. El defensor del cliente o del asegurado es un profesional independiente de la aseguradora y sus decisiones resultan vinculantes para ésta. Entre las condiciones de la póliza suelen figurar las informaciones relativas al defensor y cómo ponernos en contacto con él para poder interponer la reclamación.

¿Cuál es el siguiente paso si no consigues que la compañía acepte tu reclamación?

Habitualmente, el defensor del cliente tarda dos meses en responder. Si la respuesta no te satisface, puedes acudir al Servicio de reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Su decisión no es vinculante y puede tardar seis meses en responder. Es un organismo dependiente del Ministerio de Economía. Puedes ir a su web y descargar el formulario de reclamación. Puedes hacerle una consulta, plantearle una queja o una reclamación. Puede ser en papel o electrónicamente. Para que quede constancia de tu queja, puedes enviar también el formulario por correo certificado o burofax. Además, tienes que demostrar que antes de acudir a ellos, has reclamado ante tu aseguradora y ante el defensor del cliente.  

¿En qué otros casos no te cubrirá una compañía de seguros?

Hay otros casos en los que una compañía no responderá, aunque hayas suscrito un seguro a todo riesgo. Por ejemplo, circular por vías no aptas, como caminos sin señalizar; omitir el deber de socorro ente un accidentado, algo que es, además, ilegal; ante una catástrofe natural una guerra o un desastre nuclear; si tuneas tu coche y no lo comunicas a tu aseguradora; si tienes un hijo menor de 25 años que conduce tu coche, pero no figura en la póliza; o conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas. Por eso es importante consultar y tener clara la letra pequeña de tu contrato, porque puede haber excepciones.

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¿Qué ocurre cuando el accidente es con pareja?

Si tienes un accidente con tu pareja, pero no estáis inscritos como pareja de hecho o casados, puede que la compañía cubra el accidente, aunque es algo muy raro. En cualquier caso, la compañía siempre tiene que asegurarse de que no es un fraude, aunque en este caso, la carga de la prueba recae sobre la aseguradora. Esto incluye a la familia de tu pareja. También debes tener en cuenta que, si el conductor fallece, los daños los “heredan” los familiares, que pasan a ser víctimas del accidente y no perjudicados. Serán solo perjudicados si el conductor no fallece. Entonces, habría que establecer quién ha tenido la culpa del accidente.

Sabías que…

Una vez ocurrido el accidente, debes rellenar el parte amistoso y presentarlo a la aseguradora que, previsiblemente, descartará cubrir los daños materiales. Si no estás de acuerdo, puedes presentar una reclamación tal y como hemos comentado más arriba. Una buena opción es que, desde el principio, cuentes con el asesoramiento de abogados expertos. Los abogados expertos negocian con la aseguradora para conseguir la máxima indemnización. Además, protegerán tus derechos tanto en vía amistosa como en vía judicial si fuera necesario llegar a este procedimiento para cobrar la indemnización por accidente de tráfico que te corresponde. No estás obligado a acudir al abogado del seguro.

RESUMEN
  • Las compañías de seguros no cubren los accidentes en los que están involucrados dos familiares. Se harán cargo de los cuidados médicos, pero no de los daños materiales. La razón es evitar un posible fraude al seguro.
  • Cuando tienes un accidente con un familiar, debes hacer lo mismo que ante cualquier accidente: llamar a la Guardia Civil y a los centros sanitarios para que se ocupen de los heridos. Conviene firmar un pacto amistoso y enviarlo a la aseguradora, que emitirá una respuesta, por lo general negativa.
  • Si tienes pruebas de que se trata de un accidente de verdad y no de un fraude, puedes acudir al departamento de Atención al Cliente de la aseguradora. Cada compañía tiene un protocolo diferente. Por eso es importante seguirlo, en la forma de comunicar la queja, en los plazos establecidos para recibir una respuesta y en los recursos que puedes interponer.
  • El siguiente paso, si la compañía no acepta cubrir el accidente, es acudir al Defensor del Asegurado o del Cliente, un profesional independiente de la aseguradora y sus decisiones resultan vinculantes para ésta.
  • Habitualmente, el defensor del cliente tarda dos meses en responder. Si la respuesta no te satisface, puedes acudir al Servicio de reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Su decisión no es vinculante y puede tardar seis meses en responder. Es un organismo dependiente del Ministerio de Economía.
FAQ
¿Me cubre mi compañía si tengo un accidente con un familiar?
¿Qué debo hacer en un caso así?
¿No existen excepciones a esta regla?
¿Qué hago si la compañía no responde de forma afirmativa?
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Daniel Bañares
Daniel Bañares Responsable de Contenidos

Escribe contenidos de seguros de coche para Arpem.com desde hace más de 10 años. Ha participado activamente en la elaboración de una herramienta de comparación de coberturas de seguros de coche y moto muy útil para guiar a los usuarios en la elección del seguro ideal. En sus artículos ayuda a comprender las coberturas más interesantes de las que se compone una póliza y, además, prepara cálculos de precios como ejemplo para que los conductores conozcan la situación del mercado de seguros.

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1 comentarios

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comentario autor avatar
Padre conductor sufre accidente y muere su hijo menor de edad. Hay otro vehículo implicado pero en el atestado los agentes informan que la causa del accidente es imputable al padre. Puede pedir la madre la indemnización según el baremo ? Muchas gracias