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Consigue ahora el 40% de reembolsoAdemás de los seguros para vehículos particulares, existen otras muchas pólizas para asegurar coches de autoescuela, vehículos para transportar pasajeros o para utilizar en carreras. Todas ellas protegen a los usuarios, aunque solo lo sean durante un corto espacio de tiempo.
Estos vehículos son necesarios para aprender a conducir, asistir a los exámenes y hacer pruebas de conducción. Este tipo de vehículos disponen de coberturas personales y materiales. Los coches pueden asegurarse a terceros, terceros ampliado y a todo riesgo. Es la autoescuela la propietaria de estos vehículos y la que decide a la hora de contratar garantías adicionales. Al disponer de una flota, la empresa puede tener cierta capacidad de negociación de las primas y las garantías.
Pero, lo que siempre deberá contratar una autoescuela es una póliza de responsabilidad civil frente a terceros, que es obligatoria. Los seguros para este tipo de coches siempre tienen que garantizar un mínimo obligatorio que cubra posibles daños producidos en las prácticas o durante los exámenes. Muchas autoescuelas cubren también toda la actividad que pueda producirse dentro y fuera de las instalaciones y que sea necesaria para el alumno matriculado. La autoescuela, además, debe asegurar a sus alumnos. La matrícula del alumno incluye el seguro de responsabilidad civil y accidentes de la autoescuela.
Todo medio de transporte público incluye el Seguro Obligatorio de Viajeros (SOV). ¿En qué consiste? Es un seguro que las compañías de transporte público deben obligatoriamente suscribir para cubrir cualquier daño físico que un viajero pueda sufrir mientras viaja. Esta circunstancia está señalada en el billete o en el documento del viaje, por lo que es importante que el viajero los conserve para acreditar el viaje y poder reclamar posteriormente. Este tipo de seguros cubren a los usuarios de medios de transporte público, ya sean terrestres o marítimos, y siempre dentro del territorio nacional o que comiencen en España, aunque el destino sea otro país.
Los vehículos que pueden atenerse al Seguro Obligatorio de Viajeros son los automóviles colectivos que transportan público, como los autobuses urbanos o el metro; los ferrocarriles (salvo los trenes cremallera); los teleféricos, funiculares, telesillas, telecabinas y demás medios que funcionan por cable; y las embarcaciones de bandera española, autorizadas para transportar público. Este seguro cubre las lesiones físicas producidas por cualquier accidente del vehículo (choque, salida de la vía, incendio, etc.) y cualquier percance producido al entrar o salir del vehículo. Por supuesto no cubre a los pasajeros ebrios que provoquen algún tipo de accidente.
Si se produce un accidente, el viajero debe notificar a la empresa transportista los daños que ha sufrido. Para ello deberá aportar las pruebas de las lesiones con los certificados médicos que las avalen. Además, el viajero debe acreditar haber realizado el viaje accidentado. Para ello, debe aportar el billete o cualquier otro documento que lo demuestre.
El Seguro Obligatorio de Viajeros garantiza la cobertura de la asistencia sanitaria que necesite el viajero accidentado, pero se debe solicitar en 72 horas como máximo desde que ocurrió el siniestro. Si el accidente provoca una incapacidad temporal o permanente o el fallecimiento del viajero, esta póliza responderá con una indemnización económica.
Además del Seguro Obligatorio de Viajeros, la empresa también puede ofrecer al pasajero otros seguros. Es posible contratar una póliza que garantice otros aspectos del viaje, como la asistencia médica en destino, los daños en el equipaje, el regreso anticipado o la repatriación. También se puede contratar una póliza de cancelación, que indemnice al viajero por los gastos si se cancela el viaje.
El automovilismo es un deporte muy peligroso y con una alta probabilidad de accidentes. Por eso, los seguros son muy necesarios. Los golpes fuertes son frecuentes y, aunque los vehículos son hoy más resistentes y seguros, pueden causar lesiones o problemas al conductor que le supongan tener que dejar la competición por esa temporada. El objetivo es poder sacar todo el rendimiento posible al coche, sin miedo a costosos accidentes. La licencia de piloto de la Real Federación Española de Automovilismo ofrece un seguro especializado de daños a terceros. Pero también hay otros seguros frente a los daños propios del vehículo, que buscan preservar la continuidad del piloto en la competición, si sufre un accidente. Este tipo de pólizas cubren el arreglo del vehículo, como si se tratara de una póliza a todo riesgo para tu coche particular.
El precio de este tipo de seguros depende de varias circunstancias: entre otras el tipo de piloto y el lugar en el que va a competir. Un coche de competición se puede asegurar a partir de 1.000 euros. Este tipo de seguros admiten una franquicia mínima del 10% del valor del vehículo, que funciona como la de cualquier franquicia de un coche particular. Por otra parte, estos seguros se contratan para los días de la competición, pero también existen pólizas a largo plazo. Este tipo de seguros para coches de competición se contratan, sobre todo, en Inglaterra y Holanda. En España, la oferta es escasa.
Un seguro es obligatorio para todos los vehículos a motor y que puedan circular por autovías, carreteras, caminos y ciudades y que necesiten un permiso para hacerlo. En esta definición caben turismos, furgonetas, autobuses, camiones, ciclomotores y vehículos especiales. Hay que contratar, como mínimo, un seguro de responsabilidad civil obligatoria. También es obligatorio asegurar cuatriciclos, vehículos de tres ruedas, o quads. Los vehículos industriales, como tractores y otros vehículos agrícolas, deben contar también con un seguro de responsabilidad civil. Además, también es obligatorio un seguro para remolques y semirremolques que necesitan una autorización para circular.
Los expertos de Arpem recomiendan…
Los vehículos a los que se da de baja en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico no tienen que estar asegurados. Un vehículo que no se usa no necesita seguro. Pero, todos los propietarios deben tener claro que ningún vehículo puede moverse sin tener un seguro.
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Todo vehículo a motor que circule por autovías, carreteras, ciudad o caminos debe estar asegurado. Todos deben tener, al menos, una póliza de responsabilidad civil obligatoria. En esta definición caben turismos, furgonetas, autobuses, camiones, ciclomotores y vehículos especiales.
Todo medio de transporte público incluye el Seguro Obligatorio de Viajeros (SOV). Es un seguro que las compañías de transporte público deben obligatoriamente suscribir para cubrir cualquier daño físico que un viajero pueda sufrir. Esta circunstancia está señalada en el billete o en el documento del viaje, y el viajero debe presentar este billete u otro documento para poder reclamar.
Es la autoescuela la propietaria de los vehículos y la que los asegura. Lo mínimo debe ser una póliza de responsabilidad civil frente a posibles daños físicos y materiales a terceros, entre los que se incluyen los alumnos. Algunas autoescuelas cubren también lo que pueda ocurrir dentro y a la entrada de las instalaciones, y que sea necesario para los alumnos.
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