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Consigue ahora el 40% de reembolsoCuando compras un coche, es lógico que quieras proteger tu inversión ante cualquier eventualidad y que esa protección se haga efectiva lo antes posible. Pero ¿Sabías que algunas pólizas de seguro de coche tienen un tiempo de activación o carencia? Además, en un mercado tan competitivo, es posible que encuentres una póliza con mejores condiciones para ti. Aquí te vamos a mostrar cómo cambiar de aseguradora sin afectar tu protección.
Por lo general, a la hora de contratar una póliza te sueles fijar en el precio, cobertura y servicios. El prestigio de la aseguradora, tu propia experiencia y la experiencia de conocidos también son elementos considerados. Sin embargo, las pólizas de seguro se diferencian unas de otras en muchos más elementos.
Aunque, evidentemente, querrás siempre contratar el seguro más barato y con mejores servicios, hay factores que es importante que sepas. Lo que se denomina la “letra pequeña” son condiciones establecidas en el contrato que no suelen advertirse con anticipación.
En un contrato de seguros, los tiempos de activación de la póliza, los períodos de gracia y las excepciones juegan un papel muy importante. Dentro de los elementos a considerar, el período de carencia, es uno de los factores que debes comprobar al contratar una póliza. Fíjate qué es la carencia y cómo te afecta:
Este período se refiere al tiempo de activación de la póliza. Según la Ley del Contrato de Seguro, una aseguradora puede establecer un cierto período para hacer ciertas comprobaciones y análisis. Este tiempo es tomado por el seguro para comprobar tu historial de siniestralidad, hacer algunas revisiones del coche y la documentación.
Los seguros suelen hacer “contratos a ciegas” o pólizas en las que el coche no pasa por una revisión técnica. Es decir, la aseguradora crea un tipo de contrato basado en la información provista por ti pero que no han pasado por sus propios peritos.
Cómo es lógico, el seguro se toma la licencia legal de establecer tiempos en el que la cobertura está supeditada a estas revisiones. Posterior a la firma del contrato, la empresa te puede dar una cita para pasar por uno de sus talleres autorizados.
¿Cuál es el objeto de estas revisiones? En términos generales, la aseguradora querrá comprobar que no existan daños previos y crear un documento fehaciente del estado del coche. Por ello, suele acompañarse de fotografías y/o vídeos del estado del coche. El perito, al final de la revisión hará un informe al que debes dar tu conformidad como inicio del proceso.
Es de suponer que cualquier abolladura, rotura o desperfecto que exista en tu coche con anterioridad a la firma, no será cubierto posteriormente. Pero, hay que tener mucho cuidado con las obligaciones de la ley, fíjate en qué sentido:
De acuerdo a lo establecido por la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro, la póliza se activa de forma inmediata a la firma. La ley de contratos de seguro también establece esta inmediatez de cobertura desde el mismo momento que ambas partes firman el contrato.
Esto no quiere decir necesariamente que la cobertura esté activa al 100% desde el minuto 1. Lo que dice la ley es que las aseguradoras están obligadas a darte cobertura de daños a terceros desde el momento de la firma del contrato.
Sin embargo, la propia ley les da a las aseguradoras la libertad de establecer las condiciones de cobertura de daños propios y servicios. Esto depende mucho del tipo de póliza que contrates y del abanico de servicios que elijas.
Por ejemplo, en los seguros a terceros ampliados, muchas empresas te dan la cobertura de responsabilidad civil pero se reservan un período para otras coberturas. La cobertura de lunas es la más común entre las empresas y que suele estar condicionada a una revisión técnica del estado de tus lunas.
En cuanto a los seguros a todo riesgo con y sin franquicia, las aseguradoras se toman un tiempo de espera o carencia que no es estándar. Cada empresa cuenta con un tiempo propio y he ahí una de las ventajas entre una y otra póliza. En estas revisiones, un perito comprueba el estado de ciertos puntos importantes y documenta los daños previos para excluirlos de la póliza.
Algunas pólizas te permiten hacer todas las reparaciones necesarias antes de dar fin al período de carencia y así hacer una cobertura ilimitada. Nuevamente, cada empresa tiene sus propias condiciones y estos elementos se suman a la hora de elegir la ideal para ti. En nuestra comparador de seguros de coche puedes comprobar todas las pólizas del mercado actual. En pocos minutos podrás tener un listado de los seguros idóneos para ti de forma 100% personalizada y gratis.
En relación al tiempo de carencia, hemos hecho un análisis profundo en nuestro artículo: “¿Existe el periodo de carencia en los seguros de automóviles?”. Allí podrás dar un repaso a los tiempos de carencia, las condiciones de diferentes seguros y muchos elementos relacionados.
Como ves, aunque no suele tomarse en consideración, los períodos de carencia te pueden afectar de forma directa. Especialmente, si tienes un siniestro los días posteriores a firmar una póliza. La recomendación de los expertos es elegir las pólizas con menores tiempos de carencia y/o que te permitan acelerar la activación total de la póliza.
En un mercado tan dinámico como el sector asegurador español, la competencia entre aseguradoras es feroz. Las empresas cada vez crean campañas más agresivas con el propósito de captar a la mayor cantidad de clientes. En este contexto, es muy posible que aún estando con una empresa de seguros, quieras cambiar de póliza y compañía.
Esto está estipulado en las leyes españolas como parte de la libertad que tienes como usuario. Es decir, puedes cambiar de aseguradora sin que esto deba crear penalidades o pagos adicionales.
Lo que sí suele suceder es que las empresas pongan limitaciones en términos de la devolución de la prima no consumida. Algunas empresas lo hacen sin mayores procesos pero otras suelen ser más complicadas en términos de devoluciones.
La ley del contrato de seguro establece claramente que existen unos períodos de notificación obligatorios para asegurado y asegurador. Para ti como cliente, la ley te da la posibilidad de notificar a tu aseguradora con una anticipación de 30 días. Esta notificación debe hacerse por escrito y siguiendo los canales disponibles por el seguro.
Si por el contrario, la empresa quiere rescindir el contrato, te debe avisar por escrito con una anticipación entre 60 y 90 días. En este período, la empresa debe darte cobertura aunque la rescisión sea por tu parte o la de ellos.
Existen diferentes vías para reclamar tus derechos como usuario ante irregularidades con las empresas de seguro. Si la empresa aseguradora no te quiere devolver la prima y te pone límites fuera de la ley o lo establecido en el contrato. Estas acciones están protegidas por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y algunas organizaciones de consumidores.
Estos organismos pueden canalizar las reclamaciones al seguro de forma que se garanticen tus derechos de acuerdo a la ley. Asimismo, funcionan como intermediarios entre tú y el seguro. Hemos hecho un análisis de las quejas más habituales de los clientes de seguros de coches. En este artículo podrás conocer las vías de resolución de muchas irregularidades y tratos no adecuados por parte de los seguros.
El llamado “mes de gracia” suele considerarse como un período de seguro gratis pues no genera cargo de prima. Pero, la realidad en la práctica es muy diferente pues establece el período de crédito que te da la aseguradora para hacer la renovación de la póliza.
Es decir, la aseguradora te permite hasta 30 días de gracia para que pagues un nuevo contrato sin cargos adicionales. La ley obliga al seguro a cubrir cualquier siniestro que suceda en este periódo.
Para comprender mejor este concepto, es muy importante que tengas en cuenta que los seguros son un servicio que se paga por adelantado. Cuando contratas una póliza y pagas una prima, estás pagando la cobertura de riesgo por un período de tiempo de forma anticipada. Por ende, estás pagando un servicio aún no recibido.
Por lo tanto, cuando se vence la póliza, el seguro te permite un período que suele ser de 30 días para notificarle que no vas a hacer la renovación. La mayor duda sucede cuando existen siniestros en este período y/o has contratado con otra empresa. Mira algunos ejemplos de accidentes en el período de gracia:
La Ley de Responsabilidad Civil y el Reglamento de Circulación establecen la obligatoriedad de contar con un seguro a terceros. Los contratos de seguro tienen la obligación de cubrir, al menos, el seguro de responsabilidad civil en el período de gracia.
Esto no quiere decir que los daños propios de tu coche estarán cubiertos al 100% pues no es una obligación legal. Algunas empresas sólo se limitan a la cobertura a terceros y otras mantienen la cobertura integral en este período.
Si tienes un accidente y estás en los 30 días correspondientes al período de gracia, no deberías tener mayores problemas. Lo que sí puede acarrear sanciones es cuando han finalizado esos 30 días. Aquí, además de pagar multas que pueden ser mayores a los 3000€, no tener seguro puede ser un agravante.
El artículo 32 de la ley de los contratos de seguro en España establece que una persona puede tener doble cobertura en un siniestro. Esto no representa mayores problemas siempre y cuando ambas compañías estén informadas so pena de inhibirse del pago en caso contrario.
Lo que suele suceder es que ambas aseguradoras se contactan y establecen los montos y tipos de daños que cubrirán. Una empresa puede hacerse cargo de los daños a terceros y una de los daños propios. Pero, existe un caso muy particular y es el siguiente:
En términos de probabilidades y seguros, no hay caso extraño o imposible. Por ello, los seguros siempre analizan todos los escenarios posibles como parte de su operatividad y planes de acción. En ello, puede existir el caso de tener un accidente mientras estás en el período de carencia de tu nuevo seguro y estás en el mes de gracia del antiguo seguro.
En este caso y la cobertura de daños dependerá única y exclusivamente de las condiciones de tu póliza antigua. Es decir, si la póliza en gracia tiene cobertura propia, el seguro podrá hacerse cargo de tus daños pues los daños a terceros siempre están cubiertos al 100%.
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La nueva póliza en período de carencia puede hacerse cargo de los daños a terceros pues así lo estipula la ley. Pero, si tu antigua aseguradora no se hace cargo de tus propios daños, lo más probable es que tengas que hacerlo por tu cuenta. Para conocer más detalles de las pólizas, períodos de carencia y condiciones de las aseguradoras te invitamos a hacer uso de nuestra herramienta de comparación online.
Aunque muchos usuarios no lo saben, el Consorcio de Compensación de Seguros actúa en muchos casos de accidentes con personas sin seguro. Si tienes un accidente y la otra persona no tiene una póliza de seguro obligatorio, puedes tramitar los daños ante el consorcio. Para ello, deberás seguir una serie de pasos y trámites que están en la web del consorcio.
La ley establece que las empresas deben pagar la parte de la prima no consumida. Pero, existe una serie de requisitos que debes cumplir y que se establecen en el contrato. Por lo general, debes notificar con un tiempo de anticipación mínimo de 30 días.
Si, de hecho es una razón para que el seguro no cubra tus daños. Esto está estipulado en el artículo 32 de la Ley del contrato de seguro.
La aseguradora está obligada a cubrir los daños a terceros pero no a cubrir daños propios. Por lo que dependerá de las propias políticas de la empresa que suelen estar muy claras dentro del contrato de la póliza.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1980-22501
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-18911
https://dgsfp.mineco.gob.es/es/Consumidor/Reclamaciones/Paginas/InformacionProcedimiento.aspx
https://www.ocu.org/acciones-colectivas/mi-seguro-no-responde
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23514
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