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Consigue ahora el 40% de reembolsoConducir sin carnet es un delito contra la seguridad vial. La sanción puede ser una pena de cárcel de tres a seis meses o una multa de 12 a 24 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días de duración. Así está establecido en el artículo 384 del Código Penal español.
El carnet de conducir siempre debe acompañarte si no quieres arriesgarte a una multa. Si estás en posesión del carnet, pero no lo llevas encima, se considera una sanción leve y la multa será de diez euros: los agentes de la autoridad pueden comprobar telemáticamente que sí tienes carnet, aunque en ese momento no condujeras sin él.
Esta sanción es la mínima que te pueden imponer, si el resto de los papeles del coche están en regla. Sin embargo, si en la documentación hubiera alguna incorrección, como tu lugar de residencia equivocado, la multa podría llegar a los 80 euros. E incluso a los 200 euros si, por ejemplo, tu licencia está caducada.
Si conduces con un carnet caducado, que requiere una licencia superior o que ha sido expedido en otro país, la sanción será una multa, pero ninguno de estos casos es delito. Son solo infracciones administrativas.
A la hora de conducir sin carnet, hay que distinguir entre no llevarlo porque nos lo hemos olvidado y hacerlo simplemente porque no lo tenemos. Este segundo caso es delito y tu vehículo será inmovilizado. Si conduces sin carnet porque has perdido todos los puntos, también estarás cometiendo un delito y pasarás también a disposición judicial. Siempre que cometes un delito, el permiso te puede ser retirado de forma cautelar o definitiva. Es una decisión que depende del juez.
Las sanciones que se pueden imponer por conducir sin carnet pueden ser administrativas y penales. Las sanciones administrativas pueden llegar hasta los 500 euros. Las sanciones penales podrían llegar a ser de tres a seis meses de prisión, o una multa económica de 12 a 24 meses o trabajos comunitarios de 31 a 90 días.
Lo habitual, si no se tienen antecedentes penales, y es el primer delito que se comete, es que la pena sea la de trabajos para la comunidad. Para las personas que conduzcan cualquier tipo de vehículo sin carnet, la ley establece que se trata de una infracción vial muy grave, que supone una sanción que puede variar, dependiendo de la causa por la que no llevas el carnet.
Entre las causas más comunes por las que una persona decide conducir sin carnet figuran haber perdido todos los puntos del carnet, haber sido retirado el carnet por sentencia judicial o no estar en posesión de ningún carnet de conducir, son delitos. Si se conduce con un carnet extranjero, que no ha sido homologado en España, o si se conduce con el permiso caducado, o se ha extraviado el carnet, se trata de una infracción administrativa grave, pero no es un delito.
Si eres un conductor novel, es obligatorio que lleves el cartel con la L en el lado izquierdo del cristal trasero. Debe estar bien visible, de lo contrario puedes ser sancionado.
Cuando hayan pasado diez años de la obtención del carnet de conducir, debes renovarlo. Necesitarás un reconocimiento psicotécnico en un centro autorizado o en la Dirección General de Tránsito (DGT), además de pagar una tasa por la renovación. así como abonar el coste de la tasa de renovación. Ten en cuenta la fecha para no tener que circular con el carnet caducado.
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Si te imponen una sanción por conducir sin carnet, ésta quedará registrada en tus antecedentes penales. Debes pagar la multa, si no las cosas podrían complicarse en el futuro.
Recuerda que es obligatorio llevar el carnet siempre que vayas al volante. Así que debes colocarlo en un lugar que sepas que llevarás siempre contigo, como el carnet de identidad.
No se puede recibir una multa por conducir sin carnet y, al mismo tiempo, ser castigado penalmente. Cuando se inicia el procedimiento penal, el sancionador se para, hasta que el procedimiento termine. Si el resultado es una condena, el procedimiento administrativo se cierra. Si la culminación del proceso penal es una absolución, el procedimiento administrativo sigue adelante y se examina si se le debe poner una multa.
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Es muy común que los padres enseñen a conducir a sus hijos, antes de que éstos se apunten incluso a una autoescuela. Y van a “practicar” a algún poco frecuentado. Sin embargo, esta práctica no está permitida, puesto que el conductor que lleva el coche en ese momento, no tiene carnet, y puede derivar en consecuencias graves, si la autoridad se presentara en ese momento. Además, padre e hijo resultan igual de culpables en una situación como esa. Si el que va al volante en ese momento es menor de edad, la multa se impondrá a su progenitor o tutor legal.
Conducir sin carnet, porque no se tiene o se han perdido todos los puntos, es un delito que se castiga con penas de cárcel de 3 a 6 meses, o con multa de 12 a 24 meses o bien con trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
Puede ocurrir que circules sin el carnet porque te lo has olvidado en casa o lo has perdido. Estos dos casos se consideran infracciones leves, aunque la multa puede llegar a los 80 euros.
Conducir sin carnet es un delito contra la seguridad vial y se prevén penas de cárcel de tres a seis meses como castigo. Sin embargo, si no tienes antecedentes no irás a la cárcel.
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