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Consigue ahora el 40% de reembolsoUno de los principales cometidos de las compañías de seguros es indemnizar a las víctimas o perjudicados de accidentes de circulación, tales como una colisión entre dos vehículos, una salida de vía, un golpe por alcance, un atropello, etc. Son situaciones en las que un acontecimiento que puede demostrarse provoca daños materiales y/o físicos a quienes viajan en el vehículo asegurado. Sin embargo, hay veces en las que no es necesario que se produzca una colisión, que vuelque el vehículo o reviente una rueda para que alguno de los ocupantes pueda resultar dañado.
Es lo que sucede en el caso de los frenazos repentinos y bruscos, capaces de provocar daños o lesiones cervicales o contusiones menores que, además, pueden agravarse de no llevar puesto el cinturón de seguridad o circular a gran velocidad. En este tipo de situaciones sin impactos, sin terceros implicados o sin testigos de la escena, las compañías de seguros plantean muchas objeciones antes de conceder una indemnización o de garantizar la asistencia sanitaria. La dificultad radica en probar la relación entre el daño o lesión del ocupante y un hecho acontecido durante la circulación del vehículo asegurado.
Existe jurisprudencia que reconoce la posibilidad de sufrir lesiones tras un frenazo brusco, tal y como aparece en la Sentencia Penal Nº 343/2010 de la Audiencia Provincial de Pontevedra, Sección 5, Rec 316/2010, de 25 de Noviembre de 2010. La defensa aportó los informes del seguimiento facultativo realizado por una médica forense para reclamar la indemnización por lesiones cervicales, lo cual fue estimado por el juez instructor. En este caso, el conductor estará asegurado conforme a lo que se establezca en su póliza, y el resto de los pasajeros podrán reclamar los daños según lo dispuesto en la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor.
Fuentes: – Sentencia Penal Nº 343/2010 de la Audiencia Provincial de Pontevedra
– Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor.
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En algunos casos el componente que desencadena el daño físico suele estar relacionado con la falta de uso del cinturón de seguridad, lo que puede ocasionar que el cuerpo sufra un fuerte impacto contra el salpicadero o la luna delantera tras un frenazo brusco. En otros, las lesiones se producen mientras el vehículo circulaba a alta velocidad en el momento previo a producirse el frenazo. Por último, están aquellos casos en los que confluyen ambas circunstancias. Son lo que se consideran agravantes del daño. Cuando por alguno de estos supuestos se producen daños físicos, la aseguradora podrá alegar que el perjudicado está contribuyendo de alguna forma a la agravación del daño, lo que podría reducir las indemnizaciones correspondientes hasta en un 75% del importe total.
El frenado brusco se produce cuando el conductor utiliza más fuerza de la necesaria para detener el vehículo. Realizar un frenado brusco a menudo puede indicar una conducción agresiva o distraída y puede dar lugar a incidentes, demandas y problemas de mantenimiento. Sin embargo, es importante tener en cuenta que un frenado brusco no siempre implica que el conductor esté actuando de manera imprudente o agresiva al volante. A menudo, un frenado brusco se hace para evitar una colisión.
En caso de un frenazo brusco se corre el peligro de que las ruedas se bloqueen, haciendo que el vehículo se detenga de forma brusca y haciendo que perdamos el control del coche. Por eso, hay que intentar siempre frenar de forma suave y progresiva. Hoy existen automóviles equipados con sistemas de freno controlados por ordenador que ajustan automáticamente la frenada sin bloquear las ruedas.
El cinturón evita no solo que el viajero salga despedido, sino que frena el cuerpo en caso de impacto. Y aquí es cuando entra en juego el peligroso ‘efecto elefante’. Hace referencia al hecho que, al producirse un frenazo, un pasajero que viaja en los asientos de atrás golpea a la persona o asiento que tiene delante, por no llevar cinturón. Según la Dirección General de Tráfico, a una velocidad de 60 km/h, un pasajero de la parte de atrás de unos 75 kg saldría despedido sin cinturón en caso de accidente con una fuerza que equivale al peso de un elefante de 4,2 toneladas.
La distancia que se recorre desde el momento en el que se detecta el obstáculo hasta que el vehículo se para totalmente es la denominada distancia de detección. La distancia de frenado es el recorrido que el sistema de frenado necesita para detener totalmente el vehículo. Mantener una distancia de seguridad adecuada es esencial para una conducción sin problemas.
El latigazo cervical es una lesión asociada a los casos de accidente automovilístico por alcance o frenazo brusco. No es necesario circular muy rápido para sufrir un latigazo cervical ya que a velocidades superiores a 10 kilómetros/hora ya puede provocar lesiones. Los síntomas que puede notar la persona que lo sufre son: dolor de cuello, dolor de espalda, mareos, vómitos, contractura muscular paravertebral, cefaleas o dolores de cabeza, rigidez en cuello y hombros, calambres, zumbidos en los oídos, vértigos, disminución de la fuerza, hormigueos en brazos, manos o dedos (parestesias) o calambres.
Los reposacabezas son unas piezas a las que no solemos prestar atención y que, correctamente reguladas, son eficaces para prevenir lesiones cervicales en caso de colisión. Son sistemas de seguridad pasiva. La postura de conducción es muy importante, pero también lo es la postura en la que viajan los pasajeros. Y el reposacabezas es uno de los elementos que nunca llama nuestra atención, pero supone la diferencia entre salir del paso con un leve dolor de cuello o sufrir una fuerte lesión. El reposacabezas debe colocarse de manera que absorba de la mejor manera el impacto de la cabeza y minimice el latigazo cervical. Los reposacabezas activos, además de sujetar la cabeza como los tradicionales, están conectados con otros sistemas de seguridad del coche y, en caso de impacto, se adaptan para minimizar el latigazo cervical, acercándose todavía más a la cabeza y “recogiéndola” para evitar cualquier efecto rebote.
Es lo que sucede en el caso de los frenazos repentinos y bruscos, capaces de provocar daños o lesiones cervicales o contusiones menores que, además, pueden agravarse de no llevar puesto el cinturón de seguridad o circular a gran velocidad.
En este tipo de situaciones sin impactos, sin terceros implicados o sin testigos de la escena, las compañías de seguros plantean muchas objeciones antes de conceder una indemnización.
En algunos casos el componente que desencadena el daño físico suele estar relacionado con la falta de uso del cinturón de seguridad. En otros, las lesiones se producen mientras el vehículo circulaba a alta velocidad en el momento previo a producirse el frenazo. Pueden confluir ambas circunstancias. la aseguradora podrá alegar que el perjudicado está contribuyendo de alguna forma a la agravación del daño, lo que podría reducir las indemnizaciones.
Un frenado brusco no siempre implica que el conductor esté actuando de manera imprudente o agresiva al volante. A menudo, estos mismos casos de frenado brusco se llevan a cabo para evitar que se produzcan colisiones.
Fuentes
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