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Consigue ahora el 40% de reembolso¿Tienes pensado regalar tu vehículo a un familiar o a un amigo? Antes de decidirte, tienes que tener en cuenta que este proceso conlleva el pago de ciertos impuestos y pueden ser tan elevados que quizá no te acabe resultando rentable. Te ayudamos a descubrir qué es lo que más te compensa: si vender o donar tu vehículo. Para esto deberás averiguar qué porcentaje impositivo se aplica a este tipo de operaciones dependiendo de la Comunidad Autónoma, así como los posibles descuentos de los que puedas beneficiarte.
La donación a un familiar o conocido, ya sea de un coche o de otro tipo de bien, significa hacer una transacción en la que no media intercambio económico. Sin embargo, esto no quiere decir que sea gratuita. La donaciónsupone el pago de un impuesto que es necesario calcular previamente para tomar la decisión adecuada.
Para saber qué cantidad se destina a impuestos en una donación puedes consultar las tablas de impuestos en la Agencia Tributaria de tu comunidad autónoma. Habitualmente, el impuesto de una donación suele ser mayor que el que afecta a una compraventa. Pero, en algunas comunidades, existen importantes bonificaciones que hacen que prácticamente desaparezca.
Este es el caso, por ejemplo, de Madrid. Una donación es, en principio, irrevocable, pero podría revisarse si la persona a la que íbamos a realizar la donación tiene una actitud de ingratitud. Pueden donar todas las personas que tienen la capacidad de disponer de sus bienes. La donación, además, es unilateral y su ejecución es instantánea.
A la hora de hacer efectiva la donación de un vehículo hay que realizar una serie de trámites burocráticos, parecidos a los que hay que realizar en una compra-venta, que pueden resumirse en tres pasos principales:
La tasa para los automóviles es distinta a la de los ciclomotores. Luego hay que asegurarse de que el cambio de titularidad es correcto. Para esto hay que pedir un Informe de Matrícula a la Dirección General de Tráfico (DGT). Finalmente, tanto en la donación como en la venta, hay que hacer frente a un impuesto. En el caso de una compraventa, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, en el caso de una donación, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
El contrato de donación debe ser consensuado y contener lo siguiente:
Si se lleva a cabo un cambio de titular, en una donación, se debe pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma de la persona que recibe el vehículo. Son las Comunidades Autónomas las que fijan el tributo a aplicar. Algunas comunidades establecen bonificaciones para sus residentes. Las diferencias son grandes, dependiendo de en qué comunidad se resida. En ciertas comunidades, están bonificadas las donaciones entre padres e hijos y también hay comunidades en las que la donación de coches entre descendientes y ascendientes directos está exenta.
La diferencia entre un cambio de titularidad por donación o compra está en los impuestos que hay que pagar. Como veíamos más arriba, la donación de un coche conlleva unos trámites parecidos a la compra- venta. Varía el pago de la tasa, que puede ser muy alta si no hay relación de parentesco entre el donante y el que recibe la donación.
Para poner un coche donado a tu nombre, debes aportar la siguiente documentación:
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Si queremos donar nuestro vehículo hay que seguir una serie de pasos:
Las donaciones de vehículos a amigos o familiares son casos especiales a la hora de hacer un cambio de titularidad del vehículo en cuestión. Sin dejar de ser el mismo trámite, los cambios de titularidad de un vehículo proveniente de una donación tienen una serie de características especiales que tienes que tener en cuenta a la hora de realizarlo.
Una donación de un vehículo a un familiar o conocido es un caso especial de venta a coste cero. Para efectuar el cambio de titularidad de un vehículo proveniente de una donación tendremos que seguir los siguientes pasos:
Firmar un documento o contrato de donación. Deben aparecer en él, como mínimo, los siguientes datos:
Abonar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD):
Realizar la transferencia del vehículo en la DGT:
No es lo mismo donar que legar un coche. En el caso de la donación, es considerada un trámite de venta sin coste, tras el que se realiza un cambio de titularidad del coche hacia la persona o familiar que recibe la donación. El cambio de titularidad se puede hacer tanto online como de forma presencial y tiene un coste de 55,70€, salvo en el caso de ciclomotores, en los que el coste es de 27,85€.
Para realizar un proceso de donación hay que hacer lo siguiente:
En el caso de una herencia, el trámite es algo distinto al de la donación. Hay que rellenar una declaración de cambio de titularidad por fallecimiento, tras un acuerdo previo de todos los que sean herederos del coche. Luego hay que pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y la tasa de transferencia de vehículo. Sin embargo, tanto en un caso como en otro, la ITV debe estar en vigor y se debe contratar un seguro. Si la ITV está caducada, habrá que pasarla y llevar el vehículo en grúa.
Depende. Cuando regalamos o donamos un vehículo, el receptor debe pagar un impuesto que depende de cuánto cuesta el coche, esto es, el valor real sin las cargas y deudas que le correspondan. Estas cargas son el Impuesto de Sucesiones y Donaciones que hay que pagar, sea cual sea el valor del vehículo. Habitualmente, el donante suele formalizar una compraventa en vez de una donación.
De esta forma, paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, en lugar del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Suele ser más barato, sobre todo si la persona a la que donamos el coche no es un familiar o si el vehículo no tiene mucho valor. Por otro lado, hacer la autoliquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales es más sencillo.
La principal diferencia fiscal entre la donación y la compraventa, en este caso de un vehículo, radica en el tipo de impuesto que se aplica en cada caso.
En el caso de la donación, tendremos que pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Si se realiza un cambio de titular sin venta de por medio, hay que abonar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma del receptor del vehículo.
Dicho impuesto está cedido a las Comunidades Autónomas, por lo que son estas las que fijan el porcentaje a aplicar y las que establecen los beneficios fiscales que son exclusivos para sus residentes, tal y como regula la Ley 22/2009. Un hecho que genera grandes diferencias en el trato fiscal de donaciones entre españoles, según residan en una u otra Comunidad Autónoma. Se pueden consultar las tablas del Impuesto en la Agencia Tributaria de tu Comunidad Autónoma.
En algunas Comunidades Autónomas las donaciones entre padres e hijos cuentan con bonificaciones. Incluso hay Comunidades en las que se está exento de dicho pago si la donación del coche se produce entre descendientes y ascendentes directos.
Normalmente, la donación de vehículos se produce entre miembros con relaciones de parentesco enmarcadas en el grupo I (descendientes y adoptados menores de 21 años) o el grupo II (descendientes y adoptados de 21 o más años, cónyuge, ascendientes y adoptantes). Si la relación de parentesco se enmarcara en otro grupo (hermanos, tíos, sobrinos…) habría que multiplicar el importe a pagar por 1,5882; y si se trata de familiares más lejanos, amigos o terceros sin relación de parentesco, el importe sería el doble. En Madrid, por ejemplo, existen bonificaciones a este impuesto si las relaciones de parentesco son del grupo I y II. En concreto, si el valor real del coche fuera superior a los 3.850 euros, sería más ventajosa la donación que la compraventa.
En el caso de una compraventa, deberemos abonar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. En la práctica, cuando alguien decide regalar su vehículo a otra persona, suele formalizar la operación mediante venta en lugar de donación. ¿Por qué? El motivo es que con esta opción hay que abonar a Hacienda el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, que suele ser mucho menor. Dicho impuesto tiene que presentarlo y pagarlo el comprador en la Comunidad Autónoma en la que resida.
En la mayoría de Comunidades -como Madrid- se corresponde con el 4% del valor del vehículo, pero en otras el tipo impositivo es más alto. Es el caso de Galicia, que tiene un tipo vigente del 8%. En otras Comunidades en la que algunos vehículos quedan exentos de dicho pago. En Cataluña, por ejemplo, la venta de coches de segunda mano con más de 10 años de antigüedad y un valor no superior a los 40.000 euros no tributan.
Si decidimos hacer una donación de nuestro vehículo a un familiar o amigo, ¿es necesario hacerlo ante un notario?
Lo primero que debemos saber es que hay que distinguir si se trata de bienes muebles o de bienes inmuebles. Los inmuebles son, básicamente, aquellos que no se pueden mover de su lugar: terrenos, casas, etc. En cuanto a los bienes muebles, serían todos los demás. Es decir, no se tienen que asimilar a los «muebles» a mobiliario, sino a cualquier bien que no sea inmueble. Por lo tanto, dentro de los bienes muebles estarían incluidos el dinero o los vehículos.
La donación de un vehículo, como bien mueble y según el artículo 632 del Código Civil (CC), podrá realizarse de forma completamente libre sin necesidad de acudir a un notario, siendo únicamente necesario seguir los pasos y cumplimentar la documentación obligatoria que detallamos en anteriores apartados.
¿Vender o donar?
En general, vender resulta mejor que donar. La venta puede resultar más ventajosa habitualmente, porque con esta opción hay que abonar a Hacienda el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, que suele ser mucho más reducido que el Impuesto de Donaciones y Sucesiones. En la mayoría de Comunidades -como Madrid- el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales suele ser el 4% del valor del vehículo, pero en otras comunidades el impuesto es más alto, por ejemplo en Galicia, que es del 8%. Existen Comunidades en las que la operación está exenta del impuesto, como en Cataluña, donde los coches que se van a vender de segunda mano tienen más de 10 años y un valor que no sobrepasa los 40.000 euros, la operación queda eximida de tributar. En definitiva, antes de decidirse por donar o vender el vehículo, hay que revisar el porcentaje que se aplica a cada uno de los impuestos según la Comunidad Autónoma, así como los posibles descuentos que existan, ya que en algunos casos podría resultar más económico efectuar la operación mediante compraventa, y en otros, mediante donación.
La venta puede resultar más ventajosa habitualmente, porque con esta opción hay que abonar a Hacienda el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, que suele ser mucho más reducido que el Impuesto de Donaciones y Sucesiones. En la mayoría de Comunidades -como Madrid- el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales suele ser el 4% del valor del vehículo, pero en otras comunidades el impuesto es más alto, por ejemplo en Galicia, que es del 8%. Existen Comunidades en las que la operación está exenta del impuesto, como en Cataluña, donde los coches que se van a vender de segunda mano tienen más de 10 años y un valor que no sobrepasa los 40.000 euros, la operación queda eximida de tributar.
La transferencia de un vehículo entre dos personas con vínculo de parentesco es independiente de cuál sea esta relación familiar, lo que quiere decir que es una transferencia igual a la que se realiza en cualquier otra operación. Sin embargo, las donaciones entre padres e hijos pueden presentar ciertas ventajas fiscales, en algunas comunidades autónomas.
Para realizar una donación hay que firmar un documento de donación, en el que deben constar los nombres y apellidos del comprador y del vendedor y sus DNI, los datos del vehículo (marca, modelo y matrícula), y la fecha y hora en la que se firma el contrato. A continuación, pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, en la Comunidad Autónoma en la que se realice la donación y guardar el resguardo del pago. Finalmente, hay que cambiar la titularidad del vehículo en la Dirección General de Tráfico.
La forma de saber qué debemos pagar en una donación es consultar los impuestos de la Comunidad Autónoma en la que se realice la operación. Tanto si debemos pagar, como si tenemos bonificado este impuesto, hay que hacer el trámite y conservar el resguardo, con la matrícula o número de bastidor del coche. El último paso será cambiar la titularidad del vehículo, un trámite que se realiza en la DGT, online o de forma presencial, y para el que hay que abonar una tasa de 55,15 euros para vehículos y 27,57 euros para ciclomotores.
La transferencia de un coche entre familiares, como la de un padre a un hijo, puede ser un cambio de titularidad que no implique venta, es decir, una donación, o una venta. En ambos casos, habrá que hacer un trámite bastante parecido y aportar una documentación similar, y en ambos casos habrá que pagar unos impuestos y unas tasas. En algunas Comunidades Autónomas las donaciones entre padres e hijos tienen ciertas bonificaciones y un tratamiento fiscal especial.
En la mayoría de los casos, la compraventa es más ventajosa que la donación. La venta puede resultar más ventajosa habitualmente, porque con esta opción hay que abonar a Hacienda el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, que suele ser mucho más reducido que el Impuesto de Donaciones y Sucesiones.
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