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Cuando una persona mayor de edad resulta lesionada en un accidente de tráfico del que es responsable por actuar con imprudencia pierde el derecho a ser indemnizada y está obligada a reparar el daño causado a terceros, o a pagar parte de la indemnización si la culpa es compartida. Ha de asumir la responsabilidad civil o penal que se derive de la situación.
Si la edad de esa persona está entre los 14 y 18 años puede tener igualmente responsabilidad civil, aunque traslade esa responsabilidad a sus padres o tutores legales, pero en ningún caso tendrá responsabilidad penal. Pero ¿qué ocurre con los menores de 14 años?
Antes de la entrada en vigor de la reforma del baremo de autos, que se produjo en enero de 2016, en el caso de los menores de 14 años que resultaran civilmente responsables en un accidente de tráfico (por ejemplo, si cruzaban mal la calle y sufrían un atropello o si abollaban un coche de un balonazo) se trasladaba la responsabilidad a los padres, tutores o centros educativos de los que dependieran. Ahora ya no es así. El cambio legislativo trajo consigo nuevas reglas y eliminó el traslado de responsabilidad a los padres, de tal manera que es el seguro del vehículo quien se hace cargo de los daños del menor.
Fuente: Baremo de Autos
En el caso de que el menor de 14 años quedase con secuelas físicas o lesiones temporales, tiene derecho a percibir el 100% de la indemnización de la aseguradora del conductor, independientemente del grado de responsabilidad que tenga en el accidente. Esto es así siempre que el menor no actúe como conductor de un vehículo a motor o dolosamente –es decir, actúe a propósito– y con intención de producir un daño. De ser así, toda la responsabilidad recaerá en sus padres o tutores legales, quedando sin derecho a indemnización por muerte o invalidez y con la obligación de reparar los daños causados en el vehículo del contrario.
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Los padres de la víctima menor de 14 años son quienes cobran y administran la indemnización por lesiones o secuelas físicas hasta que el menor cumpla la mayoría de edad. En los casos en los que el menor fallezca, serán los responsables del menor quienes se hagan cargo de los daños ocasionados y, además, verán reducida la indemnización según el grado de culpabilidad que tuvo el menor en el accidente.
La nueva normativa establece que aquellos menores de 14 años no pueden ser considerados responsables de sus acciones, por lo que si ocurre un accidente de tráfico con un menor de esta edad, se requerirá la participación de sus padres o tutores legales para reclamar una indemnización. Esto se debe a que, según el nuevo baremo, no es justo que alguien pague por las consecuencias de un acto irresponsable si no es legalmente responsable por su edad.
Es responsabilidad del padre, la madre o el cuidador del menor garantizar su seguridad. Si los niños no viajan correctamente sentados en el coche, sin usar cinturones de seguridad o sistemas de retención adecuados, se considera una infracción grave con una multa de hasta 200 euros. En caso de un accidente de tráfico que involucre a menores, la prioridad es verificar que los niños estén bien y asegurarse de que reciban la atención necesaria si es necesario. Es importante recordar que es más seguro para los niños viajar en los asientos traseros del coche.
Indemnización de un menor de 14 años
En el caso de menores de 14 años o personas incapaces, no se les negará la indemnización aunque se demuestre que ellos tuvieron la culpa del accidente de tráfico. Tampoco se reducirá la indemnización si, por ejemplo, no llevaban puesto el cinturón de seguridad. Los padres de los menores no serán responsables de los daños o gastos generados por sus hijos, salvo en dos excepciones: si el menor actuó con intención de causar el accidente o si el menor fallece debido al accidente de tráfico. La idea es que los padres no puedan cobrar una indemnización por un siniestro que pudieron haber evitado como tutores del menor fallecido.
La compañía de seguros no tendrá la capacidad de emprender una acción de repetición (reclamar el reembolso de la indemnización pagada al menor) contra los padres, tutores y otras personas físicas que, en su caso, deban asumir la responsabilidad en su nombre. Sin embargo, estas personas sí son responsables de los daños personales y materiales causados al conductor del vehículo, los cuales pueden ser objeto de reclamación en caso de accidente causado en parte por el menor o debido a su exclusiva culpa.
Si la persona que sufre un accidente del que es responsable tiene entre 14 y 18 años, tendrá responsabilidad civil por el hecho, aunque esa responsabilidad se traslada a sus padres o tutores legales.
La responsabilidad no se traslada a los padres, sino al seguro.
tiene derecho a percibir el 100% de la indemnización de la aseguradora del conductor, independientemente del grado de responsabilidad que tenga en el accidente.
Si el menor no actúe como conductor de un vehículo a motor o dolosamente –es decir, actúe a propósito– y con intención de producir un daño, toda la responsabilidad recaerá en sus padres o tutores legales, quedando sin derecho a indemnización.
Fuentes
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