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Consigue ahora el 40% de reembolsoHay accidentes en los que no se puede determinar con facilidad quién es el culpable porque no existen pruebas o testigos que determinen la responsabilidad de alguna de las partes. Los conductores implicados se echan la culpa el uno al otro sin que quede claro quién ha vulnerado el Reglamento General de Circulación. En estos casos, ¿cómo resuelve el siniestro tu aseguradora?
Aunque la mayor parte de los accidentes se resuelven con una Declaración Amistosa de Accidente, lo cierto es que en algunas ocasiones se pueden producir versiones contradictorias. Es el caso, por ejemplo, cuando ambos conductores alegan que fue el contrario quien invadió el carril contrario o que fue el otro quién se saltó un semáforo. En estas situaciones es preciso llamar a la Guardia Civil o a la Policía para que realice un atestado y tome tanto fotografías como declaraciones a las partes implicadas. Si ni siquiera así queda claro de quién es la culpa, ¿cómo se resuelve el asunto en las aseguradoras?
Tu aseguradora tendrá en cuenta siempre tu versión de los hechos y defenderá tus intereses ante la compañía de la parte contraria, que a su vez hará lo mismo con su cliente. De no existir acuerdo entre ambas entidades, el caso puede acabar incluso en los tribunales para que sea un juez quien lo valore.
Hay situaciones en las que las versiones de cada parte no aclaran nada y el juez tampoco encuentra pruebas para determinar un culpable, por lo que acaba resolviendo que cada conductor pague sus propios daños y los gastos judiciales de su defensa.
Llegado este caso debes conocer qué coberturas tienes contratadas en tu póliza, ya que para que te puedan abonar el coste de las reparaciones que necesite tu vehículo será imprescindible que dispongas de la cobertura de daños propios, la cual está disponible tan solo en los seguros a todo riesgo.
Además, para las costas judiciales, deberás tener contratada la cobertura voluntaria de defensa jurídica, aunque en este caso es una garantía que suelen incorporar hasta las pólizas a terceros más básicas de todas las compañías.
Para poder reclamar la indemnización por los daños materiales o los gastos de reparación, debes demostrar siempre la responsabilidad del contrario. Para el caso de los daños personales, el funcionamiento es diferente porque los afectados deben ser siempre indemnizados, según el artículo 1 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.
Si no se puede determinar quién es el culpable y quién la víctima y la reclamación es por vía ejecutiva, los jueces suelen conceder un 50% de culpa a cada uno, lo que se conoce como culpa compartida, en cuyo caso tienes derecho a la mitad de la indemnización de la cantidad que te corresponda por tus lesiones.
Sin embargo, si demandas por vía civil a la aseguradora de la parte contraria, es ésta la que debe demostrar tu culpa exclusiva, pero al carecer de pruebas que lo determinen, la indemnización por tus lesiones deberá ser del 100% de lo que te corresponda.
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La mayor parte de los accidentes que ocurren entre vehículos se resuelven con una Declaración Amistosa de Accidente que firman ambas partes. Este parte amistoso permite a las compañías saber que los dos conductores implicados ofrecen una versión idéntica de los hechos, por lo que no existe posibilidad de interpretaciones. Incluso, son los propios implicados los que asignan la culpa al culpable del siniestro en la casilla correspondiente. Por eso, firmar este parte es lo más sencillo y rápido para solventar el trámite en caso de accidente
Si hay versiones contradictorias y no hay daños personales, se suele activar el convenio entre aseguradoras (CICOS o CIDE/ASCIDE, por ejemplo). Las compañías suelen trabajar con convenios para agilizar trámites, papeleo y plazos de pago de las indemnizaciones. Estos convenios también sirven para que todas las aseguradoras funcionen de la misma forma, más allá de las normas estrictamente legales. En general, cuando hay disparidad de opiniones entre las partes implicados en un accidente, las aseguradoras siguen un protocolo de fuentes de información, empezando por las más creíbles. Ésta es la relación con la que trabajan: atestado, verificación ocular, testigos reconocidos por ambas partes, principios de responsabilidad establecidos en el CIDE, normas subsidiarias y juzgados.
En el hipotético caso de que alguna aseguradora no tenga convenio, la cosa se complica, si bien el atestado marcará a priori quién es el culpable. Por esta razón, es tan importante llamar a la Policía en caso de siniestro con el fin de que verifique lo ocurrido. También conviene tomar fotografías e, incluso, grabar vídeos. Eso sí, también tienes que saber que la Policía no está obligada siempre a acudir a un accidente.
En última instancia, siempre existe la opción de acabar en el juzgado y poner a disposición de un juez lo hechos probados. Si el magistrado tampoco tiene pruebas concluyentes y las versiones son irreconciliables, es posible que dictamine que cada afectado asuma sus propios daños.
Es más frecuente de lo que parece. Cambiar la versión de los hechos una vez firmado el parte de accidente es algo más habitual de lo que pensamos. La firma de ambas partes en el parte amistoso es muy importante, aunque la realidad es que la firma del parte no implica la asunción de la culpa. Es decir, firmar no significa aceptar que eres el culpable y, además, puedes modificar la versión de lo ocurrido. Pero es muy importante este documento. Por eso, si no tienes uno en tu coche, pídeselo a algún conductor que tengas cerca o se haya parado a ayudar. Es interesante llevar siempre partes amistosos de accidente en tu vehículo.
Lo más importante es avisar a las autoridades públicas (Guardia Civil, Policía, etc.), para que elaboren un atestado del accidente que será decisivo para la aseguradora.
En un caso de versiones contradictorias, las personas que hayan sufrido daños personales deben ser indemnizadas, aunque no sea posible acreditar la culpabilidad de una u otra parte.
Como último recurso, siempre se puede acudir a los tribunales y poner a disposición de un juez el caso. Sin embargo, también puede ocurrir que el magistrado no tenga pruebas concluyentes y que dictamine que cada afectado asuma sus propios daños.
Fuentes:
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