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Consigue ahora el 40% de reembolsoEs frecuente comprar un vehículo en otro país, bien porque la operación resulta más económica en ese momento, o bien porque has vivido y trabajado fuera de España, durante un largo periodo de tiempo. Sea cual sea la razón, cuando ese coche regresa a España con su dueño solo puede circular con su matrícula original un tiempo determinado. Después es necesario cambiarla.
Según la Ley, es posible circular con un vehículo extranjero por España si la estancia en nuestro país va a durar menos de 30 días, ampliable a 60 días cuando se trate de medios de transporte que se utilicen en España como consecuencia del traslado de la residencia habitual de su titular al territorio español. Así, si decides residir en España o vas a pasar aquí más de 30 días, deberás matricular de nuevo el coche, de lo contrario, no podrás seguir circulando.
Esta obligación es tanto para coches, como para furgonetas. Lo que varía es la documentación necesaria en cada caso. Y se aplica tanto si se trata de una persona con permiso de residencia, como si tiene autorización para estudios.
El cambio de matrícula después de este tiempo se vuelve imperativo por otra razón: para circular por España hay que tener un seguro y ninguna aseguradora te facilitará uno si la matrícula del coche es extranjera.
Al cambiar de matrícula, hay que abonar el impuesto de matriculación o Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (IEDMT). Es un impuesto que pagan todos los vehículos, independientemente de dónde provengan. Se calcula según el valor neto del coche y según sus emisiones contaminantes. Sin él, no es posible matricular el coche, por lo que suele pagarse antes de que salga del concesionario, en el caso de un coche nuevo.
También hay que pagar una tasa a la Dirección General de Tráfico –cerca de 98 euros–. Si el coche es de segunda mano, aunque proveniente de la Unión Europea, hay que sumar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y el de circulación. Muchas personas pagan también los servicios de un gestor.
Si has tomado la decisión de cambiar la matriculación de tu vehículo, lo primero que debes hacer es pedir una cita previa en la Jefatura Provincial de Tráfico. Necesitarás la siguiente documentación: la ficha técnica del vehículo, en la que conste que cumple con todos los requisitos a los que obliga la Unión Europea. Se llama Certificado CoC; el contrato de compra-venta y la factura, si es un coche de segunda mano. Los documentos deberán estar debidamente traducidos.
Además, debes aportar el resguardo del pago del Impuesto de Circulación y deberás tener un seguro en vigor. Con toda esta documentación, deberás acudir el día de la cita para hacer la matriculación y pagar la tasa correspondiente. Después, deberás presentar el permiso de circulación, la tarjeta de ITV, la liquidación de los impuestos y el impreso de solicitud.
No es posible solicitar el distintivo medioambiental para vehículos con matrícula extranjera, pero si circulas por el país con matrícula extranjera, tendrás que acceder, posiblemente, a alguna zona de bajas emisiones (ZBE). Puede ser que vivas en otro país y vengas de visita o de vacaciones a España, por ejemplo. También puedes comprarte un vehículo fuera y tener que circular un tiempo antes de cambiarle la matrícula.
En ambos casos, la Dirección General de Tráfico (DGT) no permite comprar las etiquetas medioambientales, algo que, sin embargo, sí es posible en algunos países europeos como Francia o Alemania. Pero sí es posible circular con los distintivos de los países de origen. La DGT ofrece en su web unas tablas de equivalencias entre las etiquetas de Alemania, Austria, Dinamarca y Francia con el distintivo en España.
Para pasar la ITV, es necesario que el coche tenga en regla la documentación. Los vehículos europeos ya matriculados deben contar con el permiso de circulación del país de origen, la ficha técnica original del vehículo y la homologación CE o Certificado de Conformidad (COC), que demuestra que el coche cumple las condiciones medioambientales que fija la UE.
El vehículo debe, además, pagar un impuesto a Hacienda, el modelo 576 (el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte) y el IVA. Si el coche, se ha comprado fuera de la Unión Europea, hay que presentar en Hacienda el Documento Único Administrativo (DUA) y presentar la ITV previa que se hace a todos los vehículos que vienen de fuera y quieren matricularse en España
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Después, hay que comprobar el número de bastidor, para evitar fraudes o tráfico de vehículos robados, y acudir al Ayuntamiento donde se vaya a empadronar y pagar el impuesto de circulación. Para poder pasar la Inspección Técnica de Vehículos es necesario tener lista toda esta documentación y que el coche tenga un seguro en vigor. A continuación, se debe solicitar cita previa y pasar la ITV.
Si has comprado un coche fuera de la Unión Europea, necesitarás para circular con él, dentro de la UE el permiso de conducir en vigor, el permiso de circulación, en el que figuran los datos técnicos del vehículo y los del propietario, la tarjeta de la ITV con su pegatina visible y un adhesivo con el país del que procede el vehículo. Hasta realizar el cambio de matrícula, puedes comprar esta pegatina en gasolineras o centros de repuestos del automóvil. Si posees una de las nuevas matrículas europeas, esto no es necesario, porque la propia matrícula señala la procedencia europea del vehículo.
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Las aseguradoras no aseguran un coche con matrícula extranjera a largo plazo. Pero es posible contratar un seguro de coche por días o semanas, hasta que cambies las matrículas. Sólo lo ofrecen algunas aseguradoras españolas, pero puede ser una opción interesante. El seguro se puede hacer de uno a 28 días, o de una semana a 12. Aunque el conductor debe ser mayor de 21 años y tener al menos un año de antigüedad en el carnet.
El plazo durante el cual un coche extranjero puede circular por España es de 30 días. A partir de ese momento, es obligatorio matricularlo en nuestro país.
Las compañías no hacen seguros a largo plazo a coches extranjeros. Algunas ofrecen la opción de hacer seguros por días o por meses, hasta que se complete la matrícula española.
El coche con matrícula extranjera debe tener en vigor la ITV de su país de origen. Y una vez que se haya matriculado, tendrá que pasar la ITV en España.
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