A nuestro buzón de consulta [email protected] ha llegado el siguiente mensaje de Juan Andrés S.:
«Soy asegurado de una póliza de SegurCaixa auto. El año pasado tuve un accidente, y la reclamación al Consorcio me la ha realizado un abogado externo a la compañía, amparándome en la libre elección de abogado, la cual fue aceptada por la compañía.
Ahora que tienen que indemnizarme con la minuta, me indican que no lo pueden realizar, ya que la misma viene en defensa mía y de los dos ocupantes del vehículo en el momento del siniestro (mi hermana y mi madre). ¿Cómo es posible esto ahora? Gracias anticipadas por vuestra ayuda».
La respuesta de arpem.com:
Tal y como se establece en las condiciones generales de la póliza de SegurCaixa, la compañía debe garantizar “hasta el límite de 3.000 euros el pago de los gastos de la tramitación de la reclamación amistosa o judicial, al objeto de obtener las indemnizaciones en favor del asegurado por daños y perjuicios causados por accidente de circulación cuando la responsabilidad de los mismos recaiga sobre el Consorcio de Compensación de Seguros”.
Además, en lo que respecta a la defensa por un abogado de libre elección, en la póliza se indica que “el asegurado tendrá derecho a elegir libremente el procurador y abogado que hayan de representarle y defenderle en cualquier clase de procedimiento judicial, administrativo o arbitral.
Por lo tanto, la aseguradora a priori no puede negarse a pagarle los honorarios de su abogado hasta el límite establecido, de lo contrario, efectúe una reclamación tal y como le indica la aseguradora en su propia web en este enlace.
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Esperamos haberle sido de ayuda.
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