BLACK WEEK
40 % DE REMBOLSO

¡Solo del 20 al 30 de noviembre!
Contrata online tu seguro y consigue un 40% de reembolso del total de tu póliza.

¡No dejes pasar esta oportunidad única para ahorrar!

Aprovecha ahora y asegura tu vehículo al mejor precio.

Consigue ahora el 40% de reembolso
4.9/5en reseñas de Google

¿Puedo reparar por mi cuenta los daños de un vehículo de renting o debo informar a la empresa?

blog reparacion renting

«He leído este artículo vuestro: ‘Aspectos a tener en cuenta en los seguros de los vehículos de renting‘. Quería preguntar qué pasa si el coche sufre rasguños o abolladuras. ¿Es posible reparar estos daños por cuenta propia o es obligatorio hablar con la empresa de renting?»

Respuesta de Arpem:

Desconocemos qué ocurriría si repara los daños por su cuenta sin informar a la empresa. Revise el contrato por si hay algo al respecto, pero entendemos que puede preguntarlo sin problemas. Al fin y al cabo, si decide reparar y pagarlo de su bolsillo está beneficiando a la empresa que no tendrá que tramitar nada con el seguro.

En cualquier caso, ¿ha mirado si el seguro le cubre los daños? ¿Por qué no da parte para que lo pague la aseguradora? Para arreglar el vehículo dando parte al seguro lo habitual es que por contrato deba acudir a la empresa de renting para que sean ellos quienes gestionen los trámites con la aseguradora.  

Repregunta del usuario:

«Gracias por contestarme. He encontrado esto en las condiciones contractuales que quedan excluidos de este servicio: “el hurto o cualquier tipo de sustracción del vehículo concurriendo negligencia, mala fe o falta de diligencia del conductor y los daños ocasionados en los equipos de música, aparatos de telefonía, alarmas y demás accesorios, complementos, carrozados o elementos incorporados al vehículo por el arrendatario con posterioridad a la firma del contrato individual”. ¿Podríais decirme qué pensáis de estas condiciones?»



Respuesta de Arpem:

Esas cláusulas lo que indican es que excluyen el hurto del vehículo, es decir, el robo sin uso de violencia ni daños a las cosas y, por otra parte, que excluyen los daños en equipos de música, alarmas o accesorios opcionales instalados con posterioridad a la firma del contrato, pero en todo caso están cubiertos los daños de chapa ocasionados por arañazos o abolladuras.

Dé parte a la empresa de alquiler porque ese siniestro, sin duda, está cubierto por el seguro. Eso sí, tenga en cuenta que tiene contratado un seguro con cobertura de daños propios con franquicia de 150 €, con lo cual los primeros 150 € de la reparación (si llega) deberá abonarlos de su bolsillo directamente al taller.

Esperamos que esta información haya sido de utilidad. Para todas las dudas y consultas que tenga sobre el seguro de su coche o moto, no dude en contactarnos a través del correo [email protected].

Deja tu valoración

Únete a la discusión

1 comentarios

comentario autor avatar

No publicaremos comentarios que contengan insultos o información falsa, inapropiada o abusiva.

comentario autor avatar
Hola yo quiero hacer una consulta: resulta que tengo un sitio y tengo conocimientos y medios para realizar reparaciones propias de mis propios vehículos es decir a parte soy titulado y experimentado en el tema, ¿Podría entonces realizar dichas reparaciones propias repito propias ya que no hago negocio con ninguna, sin ningún problema? El tema de los residuos generados se llevarian a un punto limpio homologado nada de verterlos al desagüe ni al alcantarillado ni nada similar, seria una actividad que no me da ningún tipo de ingreso extra, por lo que digo no es un negocio, lo que no veo bien es que si yo se hacer lo mismo que puede hacer un taller normal y dispongo de medios para hacerlo, ¿Porque tengo que llevarselo a otro para que me lo haga si yo lo se realizar también y si no se queda bien nadie me va a protestar y es responsabilidad mía igual que es de mi propiedad el vehículo reparado por mi cuenta?