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Consigue ahora el 40% de reembolsoMario P. nos ha planteado esta consulta en [email protected]:
«Buenas, mi duda es la siguiente: trabajo de policía local y tuvimos un accidente con salida de vía cuando nos dirigíamos a un servicio de urgencia. Resulta que el Ayuntamiento tiene el seguro a terceros y únicamente cubre a mi compañero que iba de ocupante. Quería saber si podría cubrirme a mí como conductor ya que el tomador es el Ayuntamiento y, aunque yo voy conduciendo, me considero tercero… ¡Gracias!».
La respuesta de arpem.com:
En un accidente de tráfico el conductor del vehículo culpable nunca tendrá la consideración de tercero aunque el tomador y el propietario del coche sea otra persona. Revise las condiciones particulares de la póliza porque un seguro a terceros también puede incluir cobertura para los accidentes del conductor, aunque en este caso es una cobertura opcional. Compruébelo en la póliza. La cobertura de seguro de conductor sólo cubre la asistencia sanitaria necesaria hasta la curación (hay un límite), la invalidez y el fallecimiento del conductor.
En cualquier caso, aunque es cierto que se trata de un accidente de tráfico, estamos hablando de un accidente por la realización de su actividad laboral, por lo que entiendo que usted tiene derecho a las prestaciones por accidente laboral. En este caso no podemos ayudarle demasiado porque se sale de nuestro ámbito, pero le dejamos un enlace donde quizá encuentre información le sirva de ayuda: https://loentiendo.com/accidentes-laborales/
Muchas gracias por su consulta.
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