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Consigue ahora el 40% de reembolsoLas motos y ciclomotores son vehículos que tienen algunas ventajas con respecto a los coches: son más económicas, consumen menos gasolina, son más fáciles de aparcar y, al ser más ágiles y ligeras, son ideales para circular por la ciudad y llegar antes a tu destino. No es raro ver a motoristas serpentear y adelantar entre vehículos tanto por la izquierda como por la derecha. No obstante, el hecho de circular entre vehículos no siempre está permitido y puede suponer un riesgo para la circulación.
Los conductores de coches, por su parte, muchas veces no tienen en cuenta a las motos y actúan de forma imprudente al no esperar ser rebasados por un lugar donde, en teoría, no cabe otro vehículo. Este tipo de situaciones dan lugar a siniestros que generan mucha controversia sobre quién tiene la culpa. Los implicados suelen señalarse los unos a los otros, pero ¿cómo saber quién debe asumir la responsabilidad? Lo primero es atender al tipo de vía en la que tiene lugar el accidente.
Los adelantamientos en vías urbanas o en autovías representan los accidentes más comunes con motocicletas. Según lo establecido en el Reglamento General de Circulación, cualquier vehículo que circule fuera de áreas urbanas solo puede adelantar a otro por la izquierda, manteniendo una separación lateral mínima de 1,5 metros. Esto deja en claro que a las motocicletas no se les permite adelantar entre dos coches en carreteras con más de un carril. Esta acción se considera una infracción grave, con una multa de 200 euros y la pérdida de 4 puntos en el carnet de conducir.
Fuente: Reglamento General de Circulación
Si en una situación fuera de una zona urbana se produce un accidente al adelantar con una motocicleta entre dos coches que circulan en paralelo y uno de los vehículos se desplaza ligeramente hacia un lado, la responsabilidad recaerá en el conductor de la moto por no mantener la distancia mínima de seguridad. En este escenario, será el conductor de la motocicleta quien deberá hacerse cargo de los daños causados a terceros a través de su seguro de responsabilidad civil, así como de los daños personales sufridos, a menos que haya contratado coberturas voluntarias de daños propios y/o seguro de conductor.
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Cuando el tráfico en una vía es denso, no se considera adelantamiento el hecho de circular más rápido en el carril derecho. En estas situaciones, algunos motociclistas aprovechan para zigzaguear y adelantar sin mantener la distancia de seguridad necesaria. Sin embargo, esta maniobra tampoco está permitida a menos que cambien de carril para prepararse para girar a la derecha o izquierda, salir de la vía o tomar una dirección específica.
En caso de duda a la hora de determinar la responsabilidad, es muy importante la versión de los testigos y la actuación de las autoridades. El motorista puede alegar que se encontraba con antelación en el carril contiguo y que fue el conductor del coche quien realizó la maniobra sin cerciorarse que ya estaba ocupado. El conductor, por su parte, puede decir en su defensa que él había iniciado la maniobra de cambio de carril para abandonar la vía antes de que la iniciara el motorista y que este trataba de adelantarle en una situación que no está permitida.
En este tipo de accidentes las compañías de seguros tratarán de alcanzar un acuerdo teniendo en cuenta lo que dicte el atestado, la verificación ocular de los daños, la versión de los testigos y, en última instancia, los criterios de responsabilidad de los convenios de indemnización directa CIDE/ASCIDE, que, en situaciones, de adelantamientos, como norma general, suele considerar culpable al vehículo que gira, salvo que el adelantamiento sea antirreglamentario.
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De manera excepcional, cuando se conduce una motocicleta en vías urbanas que cuentan con al menos dos carriles en la misma dirección, se permite adelantar por la derecha siempre y cuando el conductor se asegure de hacerlo sin representar un peligro para los demás usuarios de la vía. En áreas urbanas, la distancia mínima que se debe mantener con respecto a los demás vehículos no es de 1,5 metros, sino que será proporcional a la velocidad, el ancho y las características de la vía. Esto permite adelantar entre vehículos que están detenidos y colocarse delante, por ejemplo, en los semáforos. Sin embargo, una vez que se reanuda la marcha, se debe regresar al centro del carril para evitar cualquier tipo de responsabilidad en caso de un accidente.
En caso de que no estés de acuerdo con la resolución de una situación de conflicto de este tipo puedes realizar una reclamación judicial, para lo que necesitas de la ayuda de un abogado que tu compañía puede facilitarte si tienes contratada la cobertura de defensa jurídica y reclamación de daños.
Velocidad para adelantar
Hasta ahora, la Ley de Regulación de Tráfico en su Artículo 21.4 decía que “las velocidades máximas fijadas para las carreteras convencionales, excepto travesías, podrán ser rebasadas en 20 km/h por turismos y motocicletas cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquéllas”. La nueva Ley de Tráfico 2022 ha suprimido el Artículo 21.4 de la actual Ley de Tráfico, por lo que los conductores que rebasen los límites de velocidad en adelantamientos podrán ser multados.
Esta técnica de avanzar entre coches detenidos se conoce comúnmente como filtrar o “filtering” y en muchas ciudades, como Madrid, se han establecido zonas específicas para que los motoristas, después de filtrar, se coloquen en la primera posición de espera tras el semáforo de manera segura. Esta maniobra está permitida siempre y cuando no se realice en dirección contraria. La distancia de seguridad requerida para adelantar a un coche se reduce significativamente cuando están parados. Es crucial tener precaución ante posibles movimientos de los coches, como un cambio de carril al reanudar la marcha, ya que es fácil entrar en el ángulo muerto del vehículo, donde el conductor podría no percatarse de la presencia de una moto adelantándole en ese momento. Algunos motoristas optan por circular por el arcén para adelantar en congestiones, lo cual acarrea una multa de 200 euros, aunque no conlleva pérdida de puntos del carnet.
No está siempre permitido, tanto si se trata de adelantar por la derecha o por la izquierda. Puede suponer un riesgo para la circulación.
Un vehículo que circule fuera de poblado solo puede adelantar a otro por la izquierda y dejando una separación lateral mínima entre ambos de 1,5 metros. Esto deja claro que las motos no tienen permitido adelantar entre dos coches en carreteras de más de un carril.
Zigzaguear tampoco está permitida salvo que cambien de carril para prepararse a girar a la derecha o a la izquierda, salir de la calzada o tomar una determinada dirección.
Las compañías de seguros tratarán de alcanzar un acuerdo teniendo en cuenta lo que dicte el atestado, la verificación ocular de los daños y la versión de los testigos.
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