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La moto es un símbolo de libertad y practicidad indiscutible. Subir a tu moto y desplazarte de aquí para allá es una sensación incomparable con cualquier otro tipo de conducción. Sin embargo, ¿Sabías que las lesiones en moto son estadísticamente mayores que en cualquier otro tipo de vehículo? Por esta razón, las leyes exigen un equipamiento obligatorio para todos los motoristas sin importar el tipo de moto que conducen.
A pesar de ser más ligeras y versátiles, las motos son los vehículos más vulnerables en un accidente de tráfico. Las probabilidades de lesiones en una caída o una colisión con otro vehículo, juegan casi siempre en contra del motorista. De hecho, entre las estadísticas de mortalidad en carreteras, los motoristas lideran en las cifras de lesiones graves y fallecidos.
Esta vulnerabilidad de las motos se debe a varios elementos fundamentales. En primer lugar, las motos carecen, obviamente, de una carrocería y barreras físicas que absorban parte del impacto. Por otro lado, el motorista no cuenta con un cinturón de seguridad, airbags o sistemas de protección especiales. Es por ello, que la ley se concentra en crear elementos que protejan al conductor de forma individual.
De acuerdo al Reglamento de Circulación, los motoristas deben llevar una serie de elementos que protejan su cuerpo de lesiones y contusiones. En términos estrictos, la ley sólo obliga a los motoristas a llevar un casco debidamente homologado. Sin embargo, esta protección en sí misma es insuficiente contra lesiones producidas por un accidente. Es por ello que la DGT ha creado una equipación ideal para la protección integral del motorista, como:
La caída más pequeña de una moto puede crear lesiones de gran envergadura debido a la falta de elementos de protección del vehículo. En una colisión, las probabilidades que el motorista reciba directamente el impacto son mucho mayores que en cualquier otro tipo de vehículo. Incluso a una velocidad de 30 km/h, la fuerza de un impacto puede producir lesiones permanentes y/o de extrema gravedad.
La cabeza, como la parte más vulnerable en un accidente, es el principal objetivo en la protección del motorista. La Ley de Tráfico establece que un motorista debe usar un casco homologado como obligación en motos y ciclomotores. Pero ¿Qué tipos de cascos se consideran como legales? Mira las recomendaciones de la DGT:
Los cascos, además de tener materiales de absorción de impactos, deben tener un interior cómodo que permita la transpiración de la cabeza. Adicionalmente, deben tener elementos de sujeción a la barbilla y que mantenga el casco en su lugar en una caída.
Aunque la cabeza es especialmente vulnerable, no es la única parte de tu cuerpo que sufre en un accidente en moto. Se ha probado que la equipación de protección corporal es altamente eficaz en la protección de lesiones. Los riesgos de fracturas, contusiones, quemaduras y otras lesiones se pueden reducir con la siguiente equipación:
Los guantes dan una protección a las manos y dedos contra quemaduras por abrasión en un impacto. Por instinto natural, tiendes a poner tus manos como protección ante una caída. Los guantes te protegen del roce con el pavimento. Además, te ayudan a prevenir que el sudor y la humedad disminuyan el agarre en el manillar.
Las famosas “chupas” cuentan con protectores especiales para codos, hombros, espalda y pecho. Sus gruesos materiales dan una mayor protección al dorso en caso de caídas. Adicionalmente, reciben la abrasión del pavimento, lo que reduce el riesgo de lesiones.
Los pantalones de motorista son de materiales ligeros pero que cuentan con protección en rodillas, caderas y piernas. Esto impide que una caída pueda producir una quemadura por abrasión.
Las botas cerradas, con suelas antideslizantes, con protectores de tobillos y sin cordones sueltos, son mucho más seguras. Esto te protege contra lesiones en el pie y te dan un mayor agarre en caso de lluvia, nieve o neblina.
A pesar de que es una tecnología relativamente nueva, los chalecos de airbag han probado su eficacia en la prevención de lesiones. Estos aditamentos se hinchan de manera automática en caso de impacto dando una mayor protección al dorso y a la columna vertebral.
Cuando las temperaturas son mayores, algunas de las indumentarias recomendadas pueden aumentar el calor corporal. Por ello, la DGT recomienda que en verano los conductores usen al menos, estos protectores localizados.
Todos los elementos de seguridad, deben tener aditamentos reflectantes para la visibilidad de otros conductores, especialmente durante la noche. Adicionalmente, deben ser de materiales ignífugos y que permitan la transpiración del motorista.
El Reglamento de Circulación establece en su artículo 12, las normas establecidas para la circulación de motos y ciclomotores. Estas normas regulan cómo debe ser la conducción y establecen que:
Los motoristas y sus pasajeros deben llevar en todo momento y sin distingo del tipo de moto, un casco homologado de protección.
Los cascos no podrán estar conectados a sistemas de auriculares que distraigan la atención del conductor. Sólo se hace una excepción en aquellos dispositivos de comunicación y navegación siempre y cuando no representen distracciones.
La DGT ha establecido en la Directiva 12/2006 un criterio que establece la equipación necesaria para solicitar el permiso de motos y ciclomotores. En estas directrices se establece la obligatoriedad del casco y de indumentarias de protección. Aunque no se establece con claridad la descripción de estas protecciones, se menciona que deben estar homologadas. Adicionalmente, se considera como equipación a “guantes, botas cerradas y otras prendas de protección”.
Como ves, existe una especie de vacío legal en torno a lo que se considera como una equipación obligatoria. Por ende, la DGT sólo deja como una “recomendación” el uso de chaquetas y pantalones especiales así como chalecos airbag u otras prendas. No obstante, las leyes parecen estar en vías de aprobar una equipación mínima y obligatoria más allá del casco de protección.
En el Reglamento de Conducción, no se establecen diferencias específicamente aplicables al equipamiento de las motos, salvo las siguientes:
Aunque la ley no tiene una obligación específica para el uso de chaquetas, pantalones o botas, esto no quiere decir que te exima de su cumplimiento. En este sentido, la ley deja un espacio abierto en lo que se considera “conducir con las mínimas condiciones de seguridad”. El artículo 18 del reglamento establece la obligación del conductor a garantizar su propia seguridad, la de sus acompañantes y del resto de personas en la vía.
Las motos, sin distingo de su cilindrada, número de ruedas, uso o tamaño, deben tener como obligación, un seguro de responsabilidad a terceros. No contar con esta cobertura puede traducirse en una multa que va desde los 600 hasta los 3005€.
Pero ¿Qué pasa con la cobertura de daños si no llevas la indumentaria adecuada en un accidente? En nuestro artículo: “¿Cómo evitar lesiones cuando viajas en moto?” te explicamos de manera detallada cuáles son los riesgos de la conducción en moto.
Si bien es cierto que la ley no establece como obligación el uso de otra equipación diferente al casco, el uso de protección es cada vez más común. Actualmente, es difícil encontrar motoristas que no se preocupen por su seguridad a la hora de un accidente. En este sentido, la concientización sobre el uso de una indumentaria adecuada es cada vez mayor. Asimismo, las aseguradoras se han hecho eco de este nivel de conciencia y son cada vez más duras con los motoristas que no usan protección.
Como podrás analizar en nuestra comparador de seguros de moto, no todas las pólizas son iguales. Algunas empresas de seguros incluyen dentro de sus condiciones y excepciones el uso de la equipación adecuada.
Por ejemplo, para algunas empresas, la falta de un casco homologado en un accidente es una negligencia del conductor que inhibe la cobertura total. Para algunas aseguradoras, no tener un casco homologado en un accidente puede reducir hasta en un 75% la cobertura de daños. En algunos países europeos, como Italia, las aseguradoras incluyen en estas excepciones la falta de guantes, botas, protectores de articulaciones y columna vertebral. Esto pudiera ser una norma que se extienda a los demás países de la UE.
Aunque para muchos motoristas tener la equipación es sinónimo de un gasto excesivo, las aseguradoras cada vez más la incluyen en sus pólizas. Fíjate en esta cobertura que está ganando cada vez más adeptos:
Si has comprado un buen casco, una chaqueta, guantes, botas y equipaciones de calidad, ya has hecho un gasto mayúsculo. Los precios de una equipación completa pueden llegar a representar un gran porcentaje del precio de la moto. Por lógica razonable, quieres protegerlas en casos de accidente.
Pues bien, las aseguradoras conocen esta necesidad y han creado el seguro de equipación dentro de sus seguros de motos. Estas coberturas se extienden al casco, chaquetas, pantalones, botas y otras indumentarias especiales. A pesar de que no todas las empresas lo tienen, he aquí algunas de las más valoradas por los motoristas españoles:
Aseguradora | Equipación cubierta | Cobertura |
---|---|---|
AXA | Casco y chaqueta airbag | 230€ casco/500€ chaqueta |
MAPFRE | Casco y vestimenta | hasta 400€ |
Línea Directa | Casco, guantes y chaqueta | Depende del tipo de póliza |
Pelayo | Casco, guantes y chaqueta | Hasta 300€ |
Mutua Madrileña | Casco | Hasta 300€ |
Estas coberturas se han ido extendiendo a muchas aseguradoras como un valor añadido muy atractivo y es previsible que pronto sea generalizado. En nuestro comparador de seguros de moto podrás ver todas las coberturas, sus condiciones y excepciones.
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Los chalecos airbags son una de las últimas innovaciones en materia de seguridad para el motorista. Estos chalecos cuentan con pequeñas bolsas de aire que se accionan en fracciones de segundo ante una caída o un impacto. Protegen la zona costal, la columna vertebral y la zona cervical mediante una amortiguación especial que impide abrasiones, fracturas y lesiones.
Se ha comprobado que tienen una efectividad del 90% pues absorben la fuerza del impacto en el tórax, región lumbar y cervical. Estos chalecos, suelen estar dentro de las coberturas de equipación de los seguros de motos y son cada vez más populares entre los motoristas.
La chaqueta no es una indumentaria obligatoria per se. Sin embargo, la DGT recomienda usar prendas con protección más ligeras durante el verano con protección de hombros, espalda, codos y muñecas.
Si, de acuerdo a la instrucción 14/C 116 de la DGT, en el exámen de conducir para los aspirantes al carné de motos, se debe llevar la indumentaria adecuada. Esto incluye casco homologado, guantes, botas y protectores de hombros, codos y espalda.
Todo pasajero mayor de 12 años (o 7 años si va con su representante) debe llevar un casco homologado como requisito obligatorio. No llevarlo implica una multa que puede llegar hasta los 200€ con pérdida de puntos en el carné.
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