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Consigue ahora el 40% de reembolsoEl quad (también denominado ATV o cuatrimoto) es considerado un vehículo especial. La DGT define un quad como un vehículo de cuatro o más ruedas, carente de carrocería, que se maneja con un manillar y cuentan con un sillín donde el conductor va sentado a horcajadas.
Los quads se han convertido en uno de los objetos más preciados en el mundo del ocio y la diversión en plena naturaleza; sin embargo, necesitas un seguro especial para conducirlos.
Estos vehículos todoterreno son populares tanto para el uso recreativo como para aplicaciones laborales en actividades al aire libre. Los quads ofrecen una combinación de estabilidad, potencia y capacidad para sortear obstáculos, lo que los convierte en una opción atractiva para aquellos que buscan aventuras emocionantes en entornos off-road. A continuación, te mostramos una tabla con algunos de los tipos de quads, en función de sus características:
Cuadriciclo ligero | Cuadriciclo no ligero | Vehículos especiales (quads autopropulsados, de dos o más ejes, para realizar trabajos especiales) | |
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Peso | <350 kg (en los eléctricos, sin contar la batería) | <400 kg (para transporte de mercancías hasta 550) | Mismas normas de circulación que el resto de vehículos |
Velocidad | 45km/h (circular sólo de día excepto autopistas y autovías) | 70 km/h (63 si arrastra remolque) | Aparece en la tarjeta de la ITV, pero suele ser 45 km/h. si no se especifica 70 km/h (25 con remolque). Puede circular por cualquier vía, salvo autopista y autovía a <60km/h |
Potencia | Motor explosión <50cc Restos = o <4KW | = o < 15kw | |
Carnet necesario | AM, A, A1, A2 o B | B | B |
El precio de un seguro para quad depende de muchos factores, al igual que ocurre con las motos de dos ruedas e incluso con los turismos y todoterrenos. A destacar:
Debido a esto, el precio para un seguro de quad puede variar mucho de una persona a otra, por lo que te recomendamos hacer una comparativa personalizada en nuestro comparador de seguros de quads y, en caso de dudas, puedes consultar con uno de nuestros agentes especializados.
Los principales puntos a tener en cuenta son:
Cada dueño de un vehículo motorizado está obligado a tener un seguro de Responsabilidad Civil. Por lo tanto, en esta situación, el quad debe estar protegido con un seguro que al menos cubra los daños físicos y materiales, además de los daños económicos que el titular del seguro pueda causar a un tercero, dentro de los límites establecidos.
Al asegurar un quad, la cobertura del seguro puede variar en amplitud. En la mayoría de los casos, el titular del seguro tiene la opción de elegir el grado de protección según sus necesidades. La cobertura principal es la que incluye la Responsabilidad Civil Obligatoria que demanda la ley. Con esta cobertura, el seguro asume los daños materiales y corporales que el conductor culpable del accidente pueda ocasionar. Este tipo de póliza también tiende a ofrecer asistencia en carretera. Este es el seguro más básico y, por lo tanto, ofrece las coberturas más limitadas.
Además, existen pólizas que proporcionan coberturas adicionales como los daños sufridos por el conductor que ocasionó el incidente o la defensa legal. También es posible incorporar coberturas específicas como la protección del casco o del equipo, o la salvaguarda del quad contra robos o incendios.
AMV | AXA | HELVETIA | MAPFRE |
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Terceros Responsabilidad civil Protección jurídica Reclamación de daños Seguro de protección de pagos Garantía de casco y chaleco airbag Asistencia de repostaje incorrecto | Coberturas básicas Responsabilidad civil Protección jurídica Daños personales | Terceros obligatorio Responsabilidad civil Defensa jurídica Atención al detenido Gestión de multas | Solo disponible vía telefónica o en oficina |
Terceros+colisión Además de lo anterior: Daños por colisión Daños cinegéticos | Coberturas opcionales Daños al casco hasta 230€ Ampliación de capitales de accidentes personales Kit ayuda: 40€/día de hospitalización y segunda opinión médica Indumentaria del conductor (reposición de prendas dañadas) Rotura (total o parcial) de la chaqueta airbag | Terceros básico Además de lo anterior, Accidentes del conductor Asistencia en viaje Ampliación de Responsabilidades, Defensa y Reclamación (opcional) | |
Terceros+robo e incendio Además de lo anterior: Robo e incendio | Servicios extra Red de talleres Axa Asistencia en carretera Reparación in situ | Terceros ampliado Además de todas las coberturas anteriores: Incendio Ampliación de Responsabilidades, Defensa y Reclamación (opcional) | Coberturas opcionales: Casco y equipación Rotura de los faros Robo de neumáticos Fenómenos atmosféricos Incendio Daños propios con franquicia |
Todo riesgo Además de todas las coberturas anteriores: Daños propios |
Desde el 1 de septiembre de 2006 es obligatorio para los quads, como vehículos especiales, circular con un casco homologado (que cuente en su interior con una etiqueta blanca con la letra E y un número del país donde ha recibido la homologación). El casco ha de ser integral, con visera o gafas.
También es importante llevar guantes y botas que aíslen del frío, así como protectores para piernas y brazos que protejan de rozaduras en caso de accidente.
Los expertos de Arpem recomiendan…
Contrario a la creencia común de la mayoría de los conductores, las cuatro ruedas no proporcionan una mayor estabilidad, sino todo lo contrario, ya que los vuelcos y las caídas son más frecuentes en comparación con las motocicletas. Por lo tanto, se aconseja evitar, en la medida de lo posible, movimientos bruscos del volante, especialmente en las curvas, así como maniobras extremas o derrapes. Además, debido a que son vehículos pesados, es recomendable mantener una velocidad máxima reducida de 70 km/h.
Para los cuadriciclos ligeros, AM, A1, A2, A o B. Cuadriciclos no ligeros y vehículos especiales, permiso B.
Sí, la primera a los cuatro años de su matriculación, después cada dos años, hasta los 10 y, posteriormente, anualmente.
Los quads matriculados como ciclomotores, motocicletas o cuadriciclos pueden llevar legalmente 2 plazas, mientras que los matriculados como VE (vehículo especial automotriz, de obras y servicios) solo tienen legalmente una plaza, salvo los matriculados antes de junio del año 2.000.
Permiso de conducción (AM, A, A1, A2 o B, depende del tipo de quad), tarjeta de inspección técnica (ITV), placa de matrícula y seguro obligatorio.
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